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🚦 Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) · BOE-A-2015-11722

Artículo 69 de la Ley de Tráfico y Seguridad VialNulidad y lesividad

Texto vigente

Las autorizaciones administrativas reguladas en este título podrán ser objeto de declaración de nulidad o lesividad cuando concurra alguno de los supuestos previstos y de acuerdo con el procedimiento regulado en la normativa sobre procedimiento administrativo común.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 01/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 69. Nulidad y lesividad

Artículo 69 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Contenido1/4

Las autorizaciones administrativas reguladas en este título podrán ser objeto de declaración de nulidad o lesividad cuando concurra alguno de los supuestos previstos y de acuerdo con el procedimiento regulado en la normativa sobre procedimiento administrativo común.

Completa el hueco2/4

Las autorizaciones ________ reguladas en este título podrán ser objeto de declaración de nulidad o lesividad cuando concurra alguno de los supuestos previstos y de acuerdo con el procedimiento regulado en la normativa sobre procedimiento administrativo común.

Artículo 69 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta2/4

administrativas

«Las autorizaciones administrativas reguladas en este título podrán ser objeto de declaración de nulidad o lesividad cuando concurra alguno de los supuestos previstos y de acuerdo con el procedimiento regulado en la normativa sobre procedimiento administrativo común.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Nulidad y lesividad»?

Artículo 69 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta3/4

Artículo 69

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Las autorizaciones administrativas reguladas en este título podrán ser objeto de declaración de nulidad o lesividad cuando concurra alguno de los supuestos…»?

Artículo 69 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta4/4

Artículo 69. Nulidad y lesividad

«Las autorizaciones administrativas reguladas en este título podrán ser objeto de declaración de nulidad o lesividad cuando concurra alguno de los supuestos previstos y de acuerdo con el procedimiento regulado en la normativa sobre procedimiento administrativo común.»

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