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🚦 Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) · BOE-A-2015-11722

Artículo 23 de la Ley de Tráfico y Seguridad VialNormas generales

Texto vigente

1. La preferencia de paso en las intersecciones se ajustará a la señalización que la regule.

2. En defecto de señal, el conductor está obligado a ceder el paso a los vehículos que se aproximen por su derecha, salvo en los siguientes supuestos:

a) Los vehículos que circulen por una vía pavimentada sobre los que procedan de otra sin pavimentar.

b) Los vehículos que circulen por raíles sobre los demás usuarios.

c) Los que se hallen dentro de las glorietas sobre los que pretendan acceder a ellas.

3. Reglamentariamente se podrán establecer otras excepciones.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 01/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 23. Normas generales (apartado 1)

Artículo 23 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Contenido1/5

La preferencia de paso en las intersecciones se ajustará a la señalización que la regule.

Completa el hueco2/5

La preferencia de paso en las ________ se ajustará a la señalización que la regule.

Artículo 23 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta2/5

intersecciones

«La preferencia de paso en las intersecciones se ajustará a la señalización que la regule.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Normas generales»?

Artículo 23 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta3/5

Artículo 23

Información4/5

Artículo 23. Normas generales (apartado 2)

Artículo 23 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Contenido4/5

En defecto de señal, el conductor está obligado a ceder el paso a los vehículos que se aproximen por su derecha, salvo en los siguientes supuestos: • a) Los vehículos que circulen por una vía pavimentada sobre los que procedan de otra sin pavimentar. • b) Los vehículos que circulen por raíles sobre los demás usuarios. • c) Los que se hallen dentro de las glorietas sobre los que pretendan acceder a ellas.

Completa el hueco5/5

En defecto de señal, el ________ está obligado a ceder el paso a los vehículos que se aproximen por su derecha, salvo en los siguientes supuestos:

Artículo 23 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta5/5

conductor

«En defecto de señal, el conductor está obligado a ceder el paso a los vehículos que se aproximen por su derecha, salvo en los siguientes supuestos:»

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