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🚦 Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) · BOE-A-2015-11722

Artículo 107 de la Ley de Tráfico y Seguridad VialLimitaciones de disposición en las autorizaciones administrativas

Texto vigente

1. El titular de un permiso o licencia de conducción no podrá efectuar ningún trámite relativo a los vehículos de los que fuese titular en el Registro de Vehículos del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico cuando figuren como impagadas en su historial de conductor cuatro sanciones firmes en vía administrativa por infracciones graves o muy graves.

2. El titular de un vehículo no podrá efectuar ningún trámite relativo al mismo cuando figuren como impagadas en el historial del vehículo cuatro sanciones firmes en vía administrativa por infracciones graves o muy graves.

3. Queda exceptuado de lo dispuesto en los apartados anteriores el trámite de baja temporal o definitiva de vehículos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 01/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 107. Limitaciones de disposición en las autorizaciones administrativas (apartado 1)

Artículo 107 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Contenido1/5

El titular de un permiso o licencia de conducción no podrá efectuar ningún trámite relativo a los vehículos de los que fuese titular en el Registro de Vehículos del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico cuando figuren como impagadas en su historial de conductor cuatro sanciones firmes en vía administrativa por infracciones graves o muy graves.

Completa el hueco2/5

El titular de un permiso o licencia de conducción no podrá efectuar ningún trámite relativo a los vehículos de los que fuese titular en el Registro de Vehículos del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico cuando figuren como impagadas en su historial de conductor ________ sanciones firmes en vía administrativa por infracciones graves o muy graves.

Artículo 107 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta2/5

cuatro

«El titular de un permiso o licencia de conducción no podrá efectuar ningún trámite relativo a los vehículos de los que fuese titular en el Registro de Vehículos del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico cuando figuren como impagadas en su historial de conductor cuatro sanciones firmes en vía administrativa por infracciones graves o muy graves.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Limitaciones de disposición en las autorizaciones administrativas»?

Artículo 107 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta3/5

Artículo 107

Información4/5

Artículo 107. Limitaciones de disposición en las autorizaciones administrativas (apartado 2)

Artículo 107 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Contenido4/5

El titular de un vehículo no podrá efectuar ningún trámite relativo al mismo cuando figuren como impagadas en el historial del vehículo cuatro sanciones firmes en vía administrativa por infracciones graves o muy graves.

Completa el hueco5/5

El titular de un vehículo no podrá efectuar ningún trámite relativo al mismo cuando figuren como impagadas en el historial del vehículo ________ sanciones firmes en vía administrativa por infracciones graves o muy graves.

Artículo 107 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta5/5

cuatro

«El titular de un vehículo no podrá efectuar ningún trámite relativo al mismo cuando figuren como impagadas en el historial del vehículo cuatro sanciones firmes en vía administrativa por infracciones graves o muy graves.»

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