🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 494 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
Dicho Juez o Tribunal acordará también la detención de los comprendidos en el artículo 492, a prevención con las Autoridades y agentes de Policía judicial.
Flashcards de este artículo
Artículo 494
Dicho Juez o Tribunal acordará también la detención de los comprendidos en el artículo 492, a prevención con las Autoridades y agentes de Policía judicial.
Dicho Juez o Tribunal acordará también la detención de los ________ en el artículo 492, a prevención con las Autoridades y agentes de Policía judicial.
comprendidos
«Dicho Juez o Tribunal acordará también la detención de los comprendidos en el artículo 492, a prevención con las Autoridades y agentes de Policía judicial.»
¿Qué artículo establece: «Dicho Juez o Tribunal acordará también la detención de los comprendidos en el artículo 492, a prevención con las Autoridades y agentes…»?
Artículo 494
«Dicho Juez o Tribunal acordará también la detención de los comprendidos en el artículo 492, a prevención con las Autoridades y agentes de Policía judicial.»
Otros artículos de Capítulo II. De la detención
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.