📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902
Artículo 91 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoSolvencia técnica o profesional en los restantes contratos
Texto vigente
La acreditación de la solvencia profesional o técnica en contratos distintos de los de obras, servicios o suministro podrá realizarse por los documentos y medios que se indican en el artículo anterior.
Flashcards de este artículo
Artículo 91. Solvencia técnica o profesional en los restantes contratos
La acreditación de la solvencia profesional o técnica en contratos distintos de los de obras, servicios o suministro podrá realizarse por los documentos y medios que se indican en el artículo anterior.
La acreditación de la solvencia ________ o técnica en contratos distintos de los de obras, servicios o suministro podrá realizarse por los documentos y medios que se indican en el artículo anterior.
profesional
«La acreditación de la solvencia profesional o técnica en contratos distintos de los de obras, servicios o suministro podrá realizarse por los documentos y medios que se indican en el artículo anterior.»
¿Qué artículo lleva por título «Solvencia técnica o profesional en los restantes contratos»?
¿Qué artículo establece: «La acreditación de la solvencia profesional o técnica en contratos distintos de los de obras, servicios o suministro podrá realizarse por los…»?
Artículo 91. Solvencia técnica o profesional en los restantes contratos
«La acreditación de la solvencia profesional o técnica en contratos distintos de los de obras, servicios o suministro podrá realizarse por los documentos y medios que se indican en el artículo anterior.»
Otros artículos de Subsección 3.ª Solvencia
- Artículo 86 · Medios de acreditar la solvencia
- Artículo 87 · Acreditación de la solvencia económica y financiera
- Artículo 88 · Solvencia técnica en los contratos de obras
- Artículo 89 · Solvencia técnica en los contratos de suministro
- Artículo 90 · Solvencia técnica o profesional en los contratos de servicios
- Artículo 92 · Concreción de los requisitos y criterios de solvencia
- Artículo 93 · Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad
- Artículo 94 · Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental
- Artículo 95 · Documentación e información complementaria
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.