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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Artículo 68 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoEmpresas no comunitarias

Texto vigente

1. Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones de España derivadas de acuerdos internacionales, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.

2. Adicionalmente, el pliego de cláusulas administrativas particulares podrá exigir a las empresas no comunitarias que resulten adjudicatarias de contratos de obras que abran una sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 68. Empresas no comunitarias (apartado 1, 1/2)

Artículo 68 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/5

Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones de España derivadas de acuerdos internacionales, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente.

Completa el hueco2/5

Dicho informe será ________ por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente.

Artículo 68 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/5

elaborado

«Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Empresas no comunitarias»?

Artículo 68 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta3/5

Artículo 68

Información4/5

Artículo 68. Empresas no comunitarias (apartado 1, 2/2)

Artículo 68 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido4/5

En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.

Completa el hueco5/5

En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre ________ en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.

Artículo 68 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta5/5

reciprocidad

«En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.»

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