📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902
Artículo 15 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoContrato de concesión de servicios
Texto vigente
1. El contrato de concesión de servicios es aquel en cuya virtud uno o varios poderes adjudicadores encomiendan a título oneroso a una o varias personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o competencia, y cuya contrapartida venga constituida bien por el derecho a explotar los servicios objeto del contrato o bien por dicho derecho acompañado del de percibir un precio.
2. El derecho de explotación de los servicios implicará la transferencia al concesionario del riesgo operacional, en los términos señalados en el apartado cuarto del artículo anterior.
Flashcards de este artículo
Artículo 15. Contrato de concesión de servicios (apartado 1)
El contrato de concesión de servicios es aquel en cuya virtud uno o varios poderes adjudicadores encomiendan a título oneroso a una o varias personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o competencia, y cuya contrapartida venga constituida bien por el derecho a explotar los servicios objeto del contrato o bien por dicho derecho acompañado del de percibir un precio.
El derecho de explotación de los servicios implicará la transferencia al ________ del riesgo operacional, en los términos señalados en el apartado cuarto del artículo anterior.
concesionario
«El derecho de explotación de los servicios implicará la transferencia al concesionario del riesgo operacional, en los términos señalados en el apartado cuarto del artículo anterior.»
¿Qué artículo lleva por título «Contrato de concesión de servicios»?
Artículo 15. Contrato de concesión de servicios (apartado 2)
El derecho de explotación de los servicios implicará la transferencia al concesionario del riesgo operacional, en los términos señalados en el apartado cuarto del artículo anterior.
¿Qué artículo establece: «El derecho de explotación de los servicios implicará la transferencia al concesionario del riesgo operacional, en los términos señalados en el apartado…»?
Artículo 15. Contrato de concesión de servicios
«El derecho de explotación de los servicios implicará la transferencia al concesionario del riesgo operacional, en los términos señalados en el apartado cuarto del artículo anterior.»
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