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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Artículo 13 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoContrato de obras

Texto vigente

1. Son contratos de obras aquellos que tienen por objeto uno de los siguientes:

a) La ejecución de una obra, aislada o conjuntamente con la redacción del proyecto, o la realización de alguno de los trabajos enumerados en el Anexo I.

b) La realización, por cualquier medio, de una obra que cumpla los requisitos fijados por la entidad del sector público contratante que ejerza una influencia decisiva en el tipo o el proyecto de la obra.

2. Por «obra» se entenderá el resultado de un conjunto de trabajos de construcción o de ingeniería civil, destinado a cumplir por sí mismo una función económica o técnica, que tenga por objeto un bien inmueble.

También se considerará «obra» la realización de trabajos que modifiquen la forma o sustancia del terreno o de su vuelo, o de mejora del medio físico o natural.

3. Los contratos de obras se referirán a una obra completa, entendiendo por esta la susceptible de ser entregada al uso general o al servicio correspondiente, sin perjuicio de las ampliaciones de que posteriormente pueda ser objeto y comprenderá todos y cada uno de los elementos que sean precisos para la utilización de la obra.

No obstante lo anterior, podrán contratarse obras definidas mediante proyectos independientes relativos a cada una de las partes de una obra completa, siempre que estas sean susceptibles de utilización independiente, en el sentido del uso general o del servicio, o puedan ser sustancialmente definidas y preceda autorización administrativa del órgano de contratación que funde la conveniencia de la referida contratación.

Se podrán celebrar contratos de obras sin referirse a una obra completa en los supuestos previstos en el apartado 4 del artículo 30 de la presente Ley cuando la responsabilidad de la obra completa corresponda a la Administración por tratarse de un supuesto de ejecución de obras por la propia Administración Pública.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 13. Contrato de obras (apartado 1)

Artículo 13 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/5

Son contratos de obras aquellos que tienen por objeto uno de los siguientes: • a) La ejecución de una obra, aislada o conjuntamente con la redacción del proyecto, o la realización de alguno de los trabajos enumerados en el Anexo I. • b) La realización, por cualquier medio, de una obra que cumpla los requisitos fijados por la entidad del sector público contratante que ejerza una influencia decisiva en el tipo o el proyecto de la obra.

Completa el hueco2/5

Son ________ de obras aquellos que tienen por objeto uno de los siguientes:

Artículo 13 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/5

contratos

«Son contratos de obras aquellos que tienen por objeto uno de los siguientes:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Contrato de obras»?

Artículo 13 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta3/5

Artículo 13

Información4/5

Artículo 13. Contrato de obras (apartado 2)

Artículo 13 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido4/5

Por «obra» se entenderá el resultado de un conjunto de trabajos de construcción o de ingeniería civil, destinado a cumplir por sí mismo una función económica o técnica, que tenga por objeto un bien inmueble. También se considerará «obra» la realización de trabajos que modifiquen la forma o sustancia del terreno o de su vuelo, o de mejora del medio físico o natural.

Completa el hueco5/5

La ejecución de una obra, aislada o ________ con la redacción del proyecto, o la realización de alguno de los trabajos enumerados en el Anexo I.

Artículo 13 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta5/5

conjuntamente

«La ejecución de una obra, aislada o conjuntamente con la redacción del proyecto, o la realización de alguno de los trabajos enumerados en el Anexo I.»

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