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🏘️ Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local · BOE-A-1985-5392

Artículo 94 de la Ley de Bases del Régimen Local

Texto vigente

La jornada de trabajo de los funcionarios de la Administración local será en cómputo anual la misma que se fije para los funcionarios de la Administración Civil del Estado.

Se les aplicarán las mismas normas sobre equivalencia y reducción de jornada.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 05/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 94

Artículo 94 · Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local
Contenido1/5

La jornada de trabajo de los funcionarios de la Administración local será en cómputo anual la misma que se fije para los funcionarios de la Administración Civil del Estado. Se les aplicarán las mismas normas sobre equivalencia y reducción de jornada.

Completa el hueco2/5

La jornada de trabajo de los ________ de la Administración local será en cómputo anual la misma que se fije para los funcionarios de la Administración Civil del Estado.

Artículo 94 · Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local
Respuesta2/5

funcionarios

«La jornada de trabajo de los funcionarios de la Administración local será en cómputo anual la misma que se fije para los funcionarios de la Administración Civil del Estado.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La jornada de trabajo de los funcionarios de la Administración local será en cómputo anual la misma que se fije para los…»?

Artículo 94 · Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local
Respuesta3/5

Artículo 94

«La jornada de trabajo de los funcionarios de la Administración local será en cómputo anual la misma que se fije para los funcionarios de la Administración Civil del Estado.»
Completa el hueco4/5

Se les aplicarán las mismas normas sobre ________ y reducción de jornada.

Artículo 94 · Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local
Respuesta4/5

equivalencia

«Se les aplicarán las mismas normas sobre equivalencia y reducción de jornada.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Se les aplicarán las mismas normas sobre equivalencia y reducción de jornada»?

Artículo 94 · Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local
Respuesta5/5

Artículo 94

«Se les aplicarán las mismas normas sobre equivalencia y reducción de jornada.»

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