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🏘️ Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local · BOE-A-1985-5392

Artículo 72 de la Ley de Bases del Régimen Local

Texto vigente

Las Corporaciones locales favorecen el desarrollo de las asociaciones para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos, les facilitan la más amplia información sobre sus actividades y, dentro de sus posibilidades, el uso de los medios públicos y el acceso a las ayudas económicas para la realización de sus actividades e impulsan su participación en la gestión de la Corporación en los términos del número 2 del artículo 69. A tales efectos pueden ser declaradas de utilidad pública.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 05/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 72

Artículo 72 · Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local
Contenido1/3

Las Corporaciones locales favorecen el desarrollo de las asociaciones para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos, les facilitan la más amplia información sobre sus actividades y, dentro de sus posibilidades, el uso de los medios públicos y el acceso a las ayudas económicas para la realización de sus actividades e impulsan su participación en la gestión de la Corporación en los términos del número 2 del artículo 69. A tales efectos pueden ser declaradas de utilidad pública.

Completa el hueco2/3

A tales efectos pueden ser ________ de utilidad pública.

Artículo 72 · Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local
Respuesta2/3

declaradas

«A tales efectos pueden ser declaradas de utilidad pública.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «A tales efectos pueden ser declaradas de utilidad pública»?

Artículo 72 · Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local
Respuesta3/3

Artículo 72

«A tales efectos pueden ser declaradas de utilidad pública.»

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