💶 Ley 58/2003 General Tributaria · BOE-A-2003-23186
Artículo 214 de la Ley General TributariaCapacidad y representación, prueba, notificaciones y plazos de resolución
Texto vigente
1. En los procedimientos especiales de revisión, recursos y reclamaciones previstos en este título serán de aplicación las normas sobre capacidad y representación establecidas en la sección 4.ª del capítulo II del título II de esta ley, y las normas sobre prueba y notificaciones establecidas en las secciones 2.ª y 3.ª del capítulo II del título III de esta ley.
2. Lo dispuesto en los apartados anteriores se aplicará teniendo en consideración las especialidades reguladas en el capítulo IV de este título.
3. A efectos del cómputo de los plazos de resolución previstos en este título será de aplicación lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 104 de esta ley.
Flashcards de este artículo
Artículo 214. Capacidad y representación, prueba, notificaciones y plazos de resolución (apartado 1)
En los procedimientos especiales de revisión, recursos y reclamaciones previstos en este título serán de aplicación las normas sobre capacidad y representación establecidas en la sección 4.ª del capítulo II del título II de esta ley, y las normas sobre prueba y notificaciones establecidas en las secciones 2.ª y 3.ª del capítulo II del título III de esta ley.
En los procedimientos especiales de revisión, recursos y reclamaciones previstos en este título serán de aplicación las normas sobre capacidad y representación establecidas en la sección ________.ª del capítulo II del título II de esta ley, y las normas sobre prueba y notificaciones establecidas en las secciones 2.ª y 3.ª del capítulo II del título III de esta ley.
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«En los procedimientos especiales de revisión, recursos y reclamaciones previstos en este título serán de aplicación las normas sobre capacidad y representación establecidas en la sección 4.ª del capítulo II del título II de esta ley, y las normas sobre prueba y notificaciones establecidas en las secciones 2.ª y 3.ª del capítulo II del título III de esta ley.»
¿Qué artículo lleva por título «Capacidad y representación, prueba, notificaciones y plazos de resolución»?
Artículo 214. Capacidad y representación, prueba, notificaciones y plazos de resolución (apartado 2)
Lo dispuesto en los apartados anteriores se aplicará teniendo en consideración las especialidades reguladas en el capítulo IV de este título.
Lo dispuesto en los apartados anteriores se aplicará teniendo en consideración las ________ reguladas en el capítulo IV de este título.
especialidades
«Lo dispuesto en los apartados anteriores se aplicará teniendo en consideración las especialidades reguladas en el capítulo IV de este título.»
Otros artículos de CAPÍTULO I. Normas comunes
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