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💶 Ley 58/2003 General Tributaria · BOE-A-2003-23186

Artículo 14 de la Ley General TributariaProhibición de la analogía

Texto vigente

No se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y demás beneficios o incentivos fiscales.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 14. Prohibición de la analogía

Artículo 14 · Ley 58/2003 General Tributaria
Contenido1/4

No se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y demás beneficios o incentivos fiscales.

Completa el hueco2/4

No se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las ________ y demás beneficios o incentivos fiscales.

Artículo 14 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta2/4

exenciones

«No se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y demás beneficios o incentivos fiscales.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Prohibición de la analogía»?

Artículo 14 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta3/4

Artículo 14

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «No se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y…»?

Artículo 14 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta4/4

Artículo 14. Prohibición de la analogía

«No se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y demás beneficios o incentivos fiscales.»

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