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💶 Ley 58/2003 General Tributaria · BOE-A-2003-23186

Artículo 125 de la Ley General TributariaDevoluciones derivadas de la presentación de autoliquidaciones

Texto vigente

1. Cuando de la presentación de una autoliquidación resulte cantidad a devolver, la Administración tributaria deberá efectuar la devolución que proceda de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de esta ley.

2. El plazo establecido para efectuar la devolución comenzará a contarse desde la finalización del plazo previsto para la presentación de la autoliquidación.

En los supuestos de presentación fuera de plazo de autoliquidaciones de las que resulte una cantidad a devolver, el plazo al que se refiere el artículo 31 de esta ley para devolver se contará a partir de la presentación de la autoliquidación extemporánea.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 125. Devoluciones derivadas de la presentación de autoliquidaciones (apartado 1)

Artículo 125 · Ley 58/2003 General Tributaria
Contenido1/5

Cuando de la presentación de una autoliquidación resulte cantidad a devolver, la Administración tributaria deberá efectuar la devolución que proceda de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de esta ley.

Completa el hueco2/5

Cuando de la presentación de una ________ resulte cantidad a devolver, la Administración tributaria deberá efectuar la devolución que proceda de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de esta ley.

Artículo 125 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta2/5

autoliquidación

«Cuando de la presentación de una autoliquidación resulte cantidad a devolver, la Administración tributaria deberá efectuar la devolución que proceda de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de esta ley.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Devoluciones derivadas de la presentación de autoliquidaciones»?

Artículo 125 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta3/5

Artículo 125

Información4/5

Artículo 125. Devoluciones derivadas de la presentación de autoliquidaciones (apartado 2)

Artículo 125 · Ley 58/2003 General Tributaria
Contenido4/5

El plazo establecido para efectuar la devolución comenzará a contarse desde la finalización del plazo previsto para la presentación de la autoliquidación. En los supuestos de presentación fuera de plazo de autoliquidaciones de las que resulte una cantidad a devolver, el plazo al que se refiere el artículo 31 de esta ley para devolver se contará a partir de la presentación de la autoliquidación extemporánea.

Completa el hueco5/5

En los supuestos de presentación fuera de plazo de ________ de las que resulte una cantidad a devolver, el plazo al que se refiere el artículo 31 de esta ley para devolver se contará a partir de la presentación de la autoliquidación extemporánea.

Artículo 125 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta5/5

autoliquidaciones

«En los supuestos de presentación fuera de plazo de autoliquidaciones de las que resulte una cantidad a devolver, el plazo al que se refiere el artículo 31 de esta ley para devolver se contará a partir de la presentación de la autoliquidación extemporánea.»

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