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🦺 Ley 5/2014 de Seguridad Privada · BOE-A-2014-3649

Artículo 72 de la Ley de Seguridad PrivadaMultas coercitivas

Texto vigente

1. Para lograr el cumplimiento de las resoluciones sancionadoras, las autoridades competentes relacionadas en el artículo 66 podrán imponer multas coercitivas, de acuerdo con lo establecido en la legislación de procedimiento administrativo.

2. La cuantía de estas multas no excederá de 6.000 euros, pero podrá aumentarse sucesivamente en el 50 por 100 de la cantidad anterior en casos de reiteración del incumplimiento.

3. Las multas coercitivas serán independientes de las sanciones pecuniarias que puedan imponerse y compatibles con ellas.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 26/01/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 72. Multas coercitivas (apartado 1)

Artículo 72 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Contenido1/5

Para lograr el cumplimiento de las resoluciones sancionadoras, las autoridades competentes relacionadas en el artículo 66 podrán imponer multas coercitivas, de acuerdo con lo establecido en la legislación de procedimiento administrativo.

Completa el hueco2/5

Para lograr el cumplimiento de las resoluciones sancionadoras, las autoridades competentes relacionadas en el artículo 66 podrán imponer multas coercitivas, de acuerdo con lo establecido en la legislación de procedimiento ________.

Artículo 72 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Respuesta2/5

administrativo

«Para lograr el cumplimiento de las resoluciones sancionadoras, las autoridades competentes relacionadas en el artículo 66 podrán imponer multas coercitivas, de acuerdo con lo establecido en la legislación de procedimiento administrativo.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Multas coercitivas»?

Artículo 72 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Respuesta3/5

Artículo 72

Información4/5

Artículo 72. Multas coercitivas (apartado 2)

Artículo 72 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Contenido4/5

La cuantía de estas multas no excederá de 6.000 euros, pero podrá aumentarse sucesivamente en el 50 por 100 de la cantidad anterior en casos de reiteración del incumplimiento.

Completa el hueco5/5

La cuantía de estas multas no excederá de ________.000 euros, pero podrá aumentarse sucesivamente en el 50 por 100 de la cantidad anterior en casos de reiteración del incumplimiento.

Artículo 72 · Ley 5/2014 de Seguridad Privada
Respuesta5/5

6

«La cuantía de estas multas no excederá de 6.000 euros, pero podrá aumentarse sucesivamente en el 50 por 100 de la cantidad anterior en casos de reiteración del incumplimiento.»

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