🤝 Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito · BOE-A-2015-4606
Artículo 3 del Estatuto de la víctima (Ley 4/2015)Derechos de las víctimas
Texto vigente
1. Toda víctima tiene derecho a la protección, información, apoyo, asistencia, atención y reparación, así como a la participación activa en el proceso penal y a recibir un trato respetuoso, profesional, individualizado y no discriminatorio desde su primer contacto con las autoridades o funcionarios, durante la actuación de los servicios de asistencia y apoyo a las víctimas y, en su caso, de justicia restaurativa, a lo largo de todo el proceso penal y por un período de tiempo adecuado después de su conclusión, con independencia de que se conozca o no la identidad del infractor y del resultado del proceso.
En todo caso estará vedada la mediación y la conciliación en supuestos de violencia sexual y de violencia de género.
2. El ejercicio de estos derechos se regirá por lo dispuesto en la presente Ley y en las disposiciones reglamentarias que la desarrollen, así como por lo dispuesto en la legislación especial y en las normas procesales que resulten de aplicación.
Flashcards de este artículo
Artículo 3. Derechos de las víctimas (apartado 1, 1/2)
Toda víctima tiene derecho a la protección, información, apoyo, asistencia, atención y reparación, así como a la participación activa en el proceso penal y a recibir un trato respetuoso, profesional, individualizado y no discriminatorio desde su primer contacto con las autoridades o funcionarios, durante la actuación de los servicios de asistencia y apoyo a las víctimas y, en su caso, de justicia restaurativa, a lo largo de todo el proceso penal y por un período de tiempo adecuado después de su conclusión, con independencia de que se conozca o no la identidad del infractor y del resultado del proceso.
En todo caso estará vedada la mediación y la conciliación en ________ de violencia sexual y de violencia de género.
supuestos
«En todo caso estará vedada la mediación y la conciliación en supuestos de violencia sexual y de violencia de género.»
¿Qué artículo lleva por título «Derechos de las víctimas»?
Artículo 3. Derechos de las víctimas (apartado 1, 2/2)
En todo caso estará vedada la mediación y la conciliación en supuestos de violencia sexual y de violencia de género.
El ejercicio de estos derechos se regirá por lo dispuesto en la presente Ley y en las disposiciones ________ que la desarrollen, así como por lo dispuesto en la legislación especial y en las normas procesales que resulten de aplicación.
reglamentarias
«El ejercicio de estos derechos se regirá por lo dispuesto en la presente Ley y en las disposiciones reglamentarias que la desarrollen, así como por lo dispuesto en la legislación especial y en las normas procesales que resulten de aplicación.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
1. Toda víctima tiene derecho a la protección, información, apoyo, asistencia asistencia, atención y atención, reparación, así como a la participación activa en el proceso penal y a recibir un trato respetuoso, profesional, individualizado y no discriminatorio desde su primer contacto con las autoridades o funcionarios, durante la actuación de los servicios de asistencia y apoyo a las víctimas y y, en su caso, de justicia restaurativa, a lo largo de todo el proceso penal y por un período de tiempo adecuado después de su conclusión, con independencia de que se conozca o no la identidad del infractor y del resultado del proceso. En todo caso estará vedada la mediación y la conciliación en supuestos de violencia sexual y de violencia de género. 2. El ejercicio de estos derechos se regirá por lo dispuesto en la presente Ley y en las disposiciones reglamentarias que la desarrollen, así como por lo dispuesto en la legislación especial y en las normas procesales que resulten de aplicación.
- Vigente desde 28/10/2015 · redacción original
- Vigente desde 07/10/2022 · modificado por BOE-A-2022-14630
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