⛑️ Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales · BOE-A-1995-24292
Artículo 10 de la Ley de Prevención de Riesgos LaboralesActuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria
Texto vigente
Las actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria referentes a la salud laboral se llevarán a cabo a través de las acciones y en relación con los aspectos señalados en el capítulo IV del Título I de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y disposiciones dictadas para su desarrollo.
En particular, corresponderá a las Administraciones públicas citadas:
a) El establecimiento de medios adecuados para la evaluación y control de las actuaciones de carácter sanitario que se realicen en las empresas por los servicios de prevención actuantes. Para ello, establecerán las pautas y protocolos de actuación, oídas las sociedades científicas, a los que deberán someterse los citados servicios.
b) La implantación de sistemas de información adecuados que permitan la elaboración, junto con las autoridades laborales competentes, de mapas de riesgos laborales, así como la realización de estudios epidemiológicos para la identificación y prevención de las patologías que puedan afectar a la salud de los trabajadores, así como hacer posible un rápido intercambio de información.
c) La supervisión de la formación que, en materia de prevención y promoción de la salud laboral, deba recibir el personal sanitario actuante en los servicios de prevención autorizados.
d) La elaboración y divulgación de estudios, investigaciones y estadísticas relacionados con la salud de los trabajadores.
Flashcards de este artículo
Artículo 10. Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria (1/3)
Las actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria referentes a la salud laboral se llevarán a cabo a través de las acciones y en relación con los aspectos señalados en el capítulo IV del Título I de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y disposiciones dictadas para su desarrollo. En particular, corresponderá a las Administraciones públicas citadas:
Las actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria referentes a la salud laboral se llevarán a cabo a través de las acciones y en relación con los aspectos señalados en el capítulo IV del Título I de la Ley 14/________, de 25 de abril, General de Sanidad, y disposiciones dictadas para su desarrollo.
1986
«Las actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria referentes a la salud laboral se llevarán a cabo a través de las acciones y en relación con los aspectos señalados en el capítulo IV del Título I de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y disposiciones dictadas para su desarrollo.»
¿Qué artículo lleva por título «Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria»?
Artículo 10. Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria (2/3)
• a) El establecimiento de medios adecuados para la evaluación y control de las actuaciones de carácter sanitario que se realicen en las empresas por los servicios de prevención actuantes. Para ello, establecerán las pautas y protocolos de actuación, oídas las sociedades científicas, a los que deberán someterse los citados servicios. • b) La implantación de sistemas de información adecuados que permitan la elaboración, junto con las autoridades laborales competentes, de mapas de riesgos laborales, así como la realización de estudios epidemiológicos para la identificación y prevención de las patologías que puedan afectar a la salud de los trabajadores, así como hacer posible un rápido intercambio de información.
En particular, corresponderá a las ________ públicas citadas:
Administraciones
«En particular, corresponderá a las Administraciones públicas citadas:»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seg…
- Artículo 5 · Objetivos de la política
- Artículo 6 · Normas reglamentarias
- Artículo 7 · Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia laboral
- Artículo 8 · Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
- Artículo 9 · Inspección de Trabajo y Seguridad Social
- Artículo 11 · Coordinación administrativa
- Artículo 12 · Participación de empresarios y trabajadores
- Artículo 13 · Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.