🕊️ Ley 12/2009 de asilo y protección subsidiaria · BOE-A-2009-17242
Artículo 43 de la Ley 12/2009 de asiloCese de la protección subsidiaria
Texto vigente
1. La protección subsidiaria cesará cuando:
a) se solicite expresamente por la persona beneficiaria;
b) la persona beneficiaria haya abandonado el territorio español y fijado su residencia en otro país;
c) las circunstancias que condujeron a su concesión dejen de existir o cambien de tal forma que dicha protección ya no sea necesaria. El Estado español tendrá en cuenta si el cambio de circunstancias es lo suficientemente significativo, sin ser de carácter temporal, como para que la persona con derecho a protección subsidiaria ya no corra un riesgo real de sufrir daños graves.
2. El cese en la protección subsidiaria no impedirá la continuación de la residencia en España conforme a la normativa vigente en materia de extranjería e inmigración. A estos efectos se tendrá en cuenta el período que los interesados hayan residido legalmente en nuestro país.
Flashcards de este artículo
Artículo 43. Cese de la protección subsidiaria (apartado 1)
La protección subsidiaria cesará cuando: • a) se solicite expresamente por la persona beneficiaria; • b) la persona beneficiaria haya abandonado el territorio español y fijado su residencia en otro país; • c) las circunstancias que condujeron a su concesión dejen de existir o cambien de tal forma que dicha protección ya no sea necesaria. El Estado español tendrá en cuenta si el cambio de circunstancias es lo suficientemente significativo, sin ser de carácter temporal, como para que la persona con derecho a protección subsidiaria ya no corra un riesgo real de sufrir daños graves.
la persona beneficiaria haya ________ el territorio español y fijado su residencia en otro país;
abandonado
«la persona beneficiaria haya abandonado el territorio español y fijado su residencia en otro país;»
¿Qué artículo lleva por título «Cese de la protección subsidiaria»?
Artículo 43. Cese de la protección subsidiaria (apartado 2)
El cese en la protección subsidiaria no impedirá la continuación de la residencia en España conforme a la normativa vigente en materia de extranjería e inmigración. A estos efectos se tendrá en cuenta el período que los interesados hayan residido legalmente en nuestro país.
las ________ que condujeron a su concesión dejen de existir o cambien de tal forma que dicha protección ya no sea necesaria.
circunstancias
«las circunstancias que condujeron a su concesión dejen de existir o cambien de tal forma que dicha protección ya no sea necesaria.»
Otros artículos de TÍTULO IV. Del cese y la revocación de la protección internacional
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.