🗺️ Estatuto de Autonomía del País Vasco (LO 3/1979) · BOE-A-1979-30177
Artículo 31 del Estatuto de Autonomía del País Vasco
Texto vigente
1. El Gobierno Vasco cesa tras la celebración de elecciones del Parlamento, en el caso de pérdida de la confianza parlamentaria o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.
2. El Gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.
Flashcards de este artículo
Artículo 31 (apartado 1)
El Gobierno Vasco cesa tras la celebración de elecciones del Parlamento, en el caso de pérdida de la confianza parlamentaria o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.
El Gobierno Vasco cesa tras la celebración de elecciones del Parlamento, en el caso de pérdida de la confianza parlamentaria o por dimisión o ________ de su Presidente.
fallecimiento
«El Gobierno Vasco cesa tras la celebración de elecciones del Parlamento, en el caso de pérdida de la confianza parlamentaria o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.»
¿Qué artículo establece: «El Gobierno Vasco cesa tras la celebración de elecciones del Parlamento, en el caso de pérdida de la confianza parlamentaria o por…»?
Artículo 31
«El Gobierno Vasco cesa tras la celebración de elecciones del Parlamento, en el caso de pérdida de la confianza parlamentaria o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.»
Artículo 31 (apartado 2)
El Gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.
El Gobierno cesante continuará en ________ hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.
funciones
«El Gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Del Gobierno Vasco y del Presidente o Lendakari
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.