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⚖ Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal · BOE-A-1982-837

Artículo dieciséis del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal

Texto vigente

La Junta de Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas, presidida por el Fiscal General del Estado, estará integrada por el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, por dichos Fiscales Superiores, y por el Fiscal Jefe de la Secretaría Técnica, que actuará como Secretario. Su función será asegurar la unidad y coordinación de la actuación y funcionamiento de las Fiscalías en todo el territorio del Estado, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Fiscal por este Estatuto.

En atención a los asuntos a tratar, podrá ser convocado a la Junta cualquier miembro del Ministerio Fiscal.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo dieciséis

Artículo dieciséis · Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
Contenido1/5

La Junta de Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas, presidida por el Fiscal General del Estado, estará integrada por el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, por dichos Fiscales Superiores, y por el Fiscal Jefe de la Secretaría Técnica, que actuará como Secretario. Su función será asegurar la unidad y coordinación de la actuación y funcionamiento de las Fiscalías en todo el territorio del Estado, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Fiscal por este Estatuto. En atención a los asuntos a tratar, podrá ser convocado a la Junta cualquier miembro del Ministerio Fiscal.

Completa el hueco2/5

La Junta de Fiscales Superiores de las ________ Autónomas, presidida por el Fiscal General del Estado, estará integrada por el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, por dichos Fiscales Superiores, y por el Fiscal Jefe de la Secretaría Técnica, que actuará como Secretario.

Artículo dieciséis · Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
Respuesta2/5

Comunidades

«La Junta de Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas, presidida por el Fiscal General del Estado, estará integrada por el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, por dichos Fiscales Superiores, y por el Fiscal Jefe de la Secretaría Técnica, que actuará como Secretario.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La Junta de Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas, presidida por el Fiscal General del Estado, estará integrada por el Teniente Fiscal…»?

Artículo dieciséis · Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
Respuesta3/5

Artículo dieciséis

«La Junta de Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas, presidida por el Fiscal General del Estado, estará integrada por el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, por dichos Fiscales Superiores, y por el Fiscal Jefe de la Secretaría Técnica, que actuará como Secretario.»
Completa el hueco4/5

Su función será asegurar la unidad y coordinación de la actuación y ________ de las Fiscalías en todo el territorio del Estado, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Fiscal por este Estatuto.

Artículo dieciséis · Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
Respuesta4/5

funcionamiento

«Su función será asegurar la unidad y coordinación de la actuación y funcionamiento de las Fiscalías en todo el territorio del Estado, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Fiscal por este Estatuto.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Su función será asegurar la unidad y coordinación de la actuación y funcionamiento de las Fiscalías en todo el territorio del Estado…»?

Artículo dieciséis · Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
Respuesta5/5

Artículo dieciséis

«Su función será asegurar la unidad y coordinación de la actuación y funcionamiento de las Fiscalías en todo el territorio del Estado, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Fiscal por este Estatuto.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 3 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 11/10/2007 por BOE-A-2007-17769.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (26/06/2003):

La Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado será dirigida por un Fiscal Jefe y estará integrada por los fiscales que se determinen en plantilla, que realizarán los trabajos preparatorios que se les encomienden en aquellas materias en las que corresponda a la Junta de Fiscales Superiores de Sala asistir al las Comunidades Autónomas, presidida por el Fiscal General del Estado, así como cuantos otros estudios, investigaciones e informes estime éste procedente. Sin perjuicio de las competencias encomendadas a otros órganos, la Secretaría Técnica asumirá estará integrada por el ejercicio o, en su caso, la coordinación de aquellas funciones que las leyes atribuyan al Ministerio Teniente Fiscal en materia de cooperación judicial internacional. El del Tribunal Supremo, por dichos Fiscales Superiores, y por el Fiscal Jefe de la Secretaría Técnica Técnica, que actuará como Secretario. Su función será designado directamente por el Fiscal General del Estado entre fiscales pertenecientes a asegurar la primera o segunda categoría con 15 años unidad y coordinación de ejercicio en la carrera. Salvo que ya perteneciera a la primera categoría, el designado ostentará a todos los efectos la categoría de Fiscal actuación y funcionamiento de Sala las Fiscalías en tanto ejerza la jefatura. En todo el momento territorio del Estado, sin perjuicio de su relevo, si perteneciese a la primera categoría, se procederá con arreglo a lo establecido en el artículo 41. las competencias atribuidas al Consejo Fiscal por este Estatuto. En otro caso, quedará adscrito atención a su elección los asuntos a cualquiera de las secciones que integran la Fiscalía del Tribunal Supremo o tratar, podrá ser convocado a la Fiscalía en la que hubiese ejercido su anterior destino. De no existir vacante en ésta, se procederá a su creación. Junta cualquier miembro del Ministerio Fiscal.

  1. Vigente desde 02/02/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 26/06/2003 · modificado por BOE-A-2003-10523
  3. Vigente desde 11/10/2007 · modificado por BOE-A-2007-17769

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