🗺️ Amejoramiento del Fuero de Navarra (LORAFNA, LO 13/1982) · BOE-A-1982-20824
Artículo 15 del Amejoramiento del Fuero de Navarra (LORAFNA)
Texto vigente
Uno. El Parlamento será elegido por sufragio universal libre, igual, directo y secreto, por un período de cuatro años.
Dos. El número de miembros del Parlamento no será inferior a cuarenta ni superior a sesenta.
Una ley foral fijará el número concreto de parlamentarios y regulará su elección, atendiendo a criterios de representación proporcional, así como los supuestos de su inelegibilidad e incompatibilidad, todo ello de conformidad con la legislación general electoral.
Flashcards de este artículo
Artículo 15
Uno. El Parlamento será elegido por sufragio universal libre, igual, directo y secreto, por un período de cuatro años. Dos. El número de miembros del Parlamento no será inferior a cuarenta ni superior a sesenta. Una ley foral fijará el número concreto de parlamentarios y regulará su elección, atendiendo a criterios de representación proporcional, así como los supuestos de su inelegibilidad e incompatibilidad, todo ello de conformidad con la legislación general electoral.
El Parlamento será elegido por sufragio universal libre, igual, directo y secreto, por un período de ________.
cuatro años
«El Parlamento será elegido por sufragio universal libre, igual, directo y secreto, por un período de cuatro años.»
¿Qué artículo establece: «El Parlamento será elegido por sufragio universal libre, igual, directo y secreto, por un período de cuatro años»?
Artículo 15
«El Parlamento será elegido por sufragio universal libre, igual, directo y secreto, por un período de cuatro años.»
El número de miembros del Parlamento no será inferior a ________ ni superior a sesenta.
cuarenta
«El número de miembros del Parlamento no será inferior a cuarenta ni superior a sesenta.»
¿Qué artículo establece: «El número de miembros del Parlamento no será inferior a cuarenta ni superior a sesenta»?
Artículo 15
«El número de miembros del Parlamento no será inferior a cuarenta ni superior a sesenta.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Del Parlamento o Cortes de Navarra
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.