🗺️ Estatuto de Autonomía de La Rioja (LO 3/1982) · BOE-A-1982-15030
Artículo 44 del Estatuto de Autonomía de La Rioja
Texto vigente
Uno. El patrimonio de la Comunidad Autónoma estará integrado por:
a) Los bienes y derechos pertenecientes a la Diputación Provincial de La Rioja en el momento de constituirse la Comunidad Autónoma.
b) Los bienes y derechos afectados a los servicios que se traspasen a la Comunidad Autónoma.
c) Los bienes y derechos que adquiera por cualquier título jurídico.
Dos. La Comunidad Autónoma tiene capacidad para adquirir, poseer, administrar y enajenar los bienes que integran su patrimonio.
Tres. Una Ley del Parlamento de La Rioja regulará el régimen jurídico, así como la administración, defensa y conservación del Patrimonio de la Comunidad Autónoma.
Flashcards de este artículo
Artículo 44
Uno. El patrimonio de la Comunidad Autónoma estará integrado por: • a) Los bienes y derechos pertenecientes a la Diputación Provincial de La Rioja en el momento de constituirse la Comunidad Autónoma. • b) Los bienes y derechos afectados a los servicios que se traspasen a la Comunidad Autónoma. • c) Los bienes y derechos que adquiera por cualquier título jurídico. Dos. La Comunidad Autónoma tiene capacidad para adquirir, poseer, administrar y enajenar los bienes que integran su patrimonio. Tres. Una Ley del Parlamento de La Rioja regulará el régimen jurídico, así como la administración, defensa y conservación del Patrimonio de la Comunidad Autónoma.
El ________ de la Comunidad Autónoma estará integrado por:
patrimonio
«El patrimonio de la Comunidad Autónoma estará integrado por:»
¿Qué artículo establece: «El patrimonio de la Comunidad Autónoma estará integrado por»?
Artículo 44
«El patrimonio de la Comunidad Autónoma estará integrado por:»
Los bienes y derechos ________ a la Diputación Provincial de La Rioja en el momento de constituirse la Comunidad Autónoma.
pertenecientes
«Los bienes y derechos pertenecientes a la Diputación Provincial de La Rioja en el momento de constituirse la Comunidad Autónoma.»
¿Qué artículo establece: «Los bienes y derechos pertenecientes a la Diputación Provincial de La Rioja en el momento de constituirse la Comunidad Autónoma»?
Artículo 44
«Los bienes y derechos pertenecientes a la Diputación Provincial de La Rioja en el momento de constituirse la Comunidad Autónoma.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
La Uno. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja podrá acordar su incorporación a otra limítrofe, con características históricas, culturales y económicas comunes, mediante el procedimiento siguiente: estará integrado por: a) La iniciativa corresponderá Los bienes y derechos pertenecientes a la Diputación General Provincial de La Rioja, mediante decisión adoptada por mayoría de dos tercios de sus miembros. b) El acuerdo favorable deberá ser ratificado Rioja en el plazo momento de seis meses por un número no inferior constituirse la Comunidad Autónoma. b) Los bienes y derechos afectados a los dos tercios de los Ayuntamientos cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral del territorio de servicios que se traspasen a la Comunidad Autónoma. c) La propuesta de incorporación deberá ser aprobada Los bienes y derechos que adquiera por la cualquier título jurídico. Dos. La Comunidad Autónoma en la que deba integrarse, en la forma en tiene capacidad para adquirir, poseer, administrar y enajenar los bienes que disponga integran su Estatuto patrimonio. Tres. Una Ley del Parlamento de Autonomía. d) La integración precisara, en todo caso, Rioja regulará el régimen jurídico, así como la aprobación administración, defensa y conservación del Patrimonio de las Cortes Generales mediante Ley Orgánica. la Comunidad Autónoma.
- Vigente desde 09/07/1982 · redacción original
- Vigente desde 28/01/1999 · modificado por BOE-A-1999-339
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