Ir al generador

🗺️ Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007) · BOE-A-2007-4233

Artículo 55 del Estatuto de Autonomía de las Illes BalearsDisolución del Parlamento

Texto vigente

1. El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Gobierno de las Illes Balears y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución del Parlamento de las Illes Balears con anticipación al plazo natural de la legislatura.

2. La disolución se acordará por Decreto, en el que se convocarán a su vez elecciones, indicando los requisitos exigidos en la legislación electoral aplicable.

3. El Parlamento de las Illes Balears no podrá disolverse cuando esté en trámite una moción de censura.

4. No procederá ninguna nueva disolución antes de que haya transcurrido un año desde la anterior, exceptuando lo que se dispone en el artículo 54.5 de este Estatuto.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 11/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 55. Disolución del Parlamento (apartado 1)

Artículo 55 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Contenido1/5

El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Gobierno de las Illes Balears y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución del Parlamento de las Illes Balears con anticipación al plazo natural de la legislatura.

Completa el hueco2/5

El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Gobierno de las Illes Balears y bajo su exclusiva ________, podrá acordar la disolución del Parlamento de las Illes Balears con anticipación al plazo natural de la legislatura.

Artículo 55 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta2/5

responsabilidad

«El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Gobierno de las Illes Balears y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución del Parlamento de las Illes Balears con anticipación al plazo natural de la legislatura.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Disolución del Parlamento»?

Artículo 55 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta3/5

Artículo 55

Información4/5

Artículo 55. Disolución del Parlamento (apartado 2)

Artículo 55 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Contenido4/5

La disolución se acordará por Decreto, en el que se convocarán a su vez elecciones, indicando los requisitos exigidos en la legislación electoral aplicable.

Completa el hueco5/5

La disolución se acordará por Decreto, en el que se convocarán a su vez ________, indicando los requisitos exigidos en la legislación electoral aplicable.

Artículo 55 · Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (LO 1/2007)
Respuesta5/5

elecciones

«La disolución se acordará por Decreto, en el que se convocarán a su vez elecciones, indicando los requisitos exigidos en la legislación electoral aplicable.»

Otros artículos de CAPÍTULO II. Del Presidente