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🗺️ Estatuto de Autonomía de Galicia (LO 1/1981) · BOE-A-1981-9564

Artículo 16 del Estatuto de Autonomía de Galicia

Texto vigente

Uno. La Junta es el órgano colegiado de Gobierno de Galicia.

Dos. La Junta de Galicia está compuesta por el Presidente, Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, y los Consejeros.

Tres. Los Vicepresidentes y los Consejeros serán nombrados y cesados por el Presidente.

Cuatro. Una ley de Galicia regulará la organización de la Junta y las atribuciones y el Estatuto personal de sus componentes.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 31/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 16

Artículo 16 · Estatuto de Autonomía de Galicia (LO 1/1981)
Contenido1/5

Uno. La Junta es el órgano colegiado de Gobierno de Galicia. Dos. La Junta de Galicia está compuesta por el Presidente, Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, y los Consejeros. Tres. Los Vicepresidentes y los Consejeros serán nombrados y cesados por el Presidente. Cuatro. Una ley de Galicia regulará la organización de la Junta y las atribuciones y el Estatuto personal de sus componentes.

Completa el hueco2/5

La Junta es el órgano ________ de Gobierno de Galicia.

Artículo 16 · Estatuto de Autonomía de Galicia (LO 1/1981)
Respuesta2/5

colegiado

«La Junta es el órgano colegiado de Gobierno de Galicia.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La Junta es el órgano colegiado de Gobierno de Galicia»?

Artículo 16 · Estatuto de Autonomía de Galicia (LO 1/1981)
Respuesta3/5

Artículo 16

«La Junta es el órgano colegiado de Gobierno de Galicia.»
Completa el hueco4/5

La Junta de Galicia está compuesta por el Presidente, Vicepresidente o ________, en su caso, y los Consejeros.

Artículo 16 · Estatuto de Autonomía de Galicia (LO 1/1981)
Respuesta4/5

Vicepresidentes

«La Junta de Galicia está compuesta por el Presidente, Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, y los Consejeros.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «La Junta de Galicia está compuesta por el Presidente, Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, y los Consejeros»?

Artículo 16 · Estatuto de Autonomía de Galicia (LO 1/1981)
Respuesta5/5

Artículo 16

«La Junta de Galicia está compuesta por el Presidente, Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, y los Consejeros.»

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