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🗺️ Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011) · BOE-A-2011-1638

Artículo 74 del Estatuto de Autonomía de ExtremaduraPlanificación económica

Texto vigente

1. La Comunidad Autónoma podrá, mediante ley, planificar la actividad económica regional, en el marco de la planificación general del Estado y con especial atención a las necesidades de desarrollo sostenible y del medio rural.

2. La Comunidad Autónoma intervendrá en la elaboración de los planes y programas económicos del Estado que afecten a Extremadura. Podrá, asimismo, elaborar y remitir al Gobierno de la Nación propuestas relativas a competencias, empresas o servicios públicos estatales. Los informes, estudios o propuestas serán objeto de comunicación a la Asamblea de Extremadura, y el acuerdo que esta adopte, debidamente notificado, dará lugar a resolución motivada del Gobierno de la Nación o de los organismos o entidades competentes.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 18/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 74. Planificación económica (apartado 1)

Artículo 74 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Contenido1/5

La Comunidad Autónoma podrá, mediante ley, planificar la actividad económica regional, en el marco de la planificación general del Estado y con especial atención a las necesidades de desarrollo sostenible y del medio rural.

Completa el hueco2/5

La Comunidad Autónoma podrá, mediante ley, planificar la actividad económica regional, en el marco de la planificación general del Estado y con especial atención a las ________ de desarrollo sostenible y del medio rural.

Artículo 74 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Respuesta2/5

necesidades

«La Comunidad Autónoma podrá, mediante ley, planificar la actividad económica regional, en el marco de la planificación general del Estado y con especial atención a las necesidades de desarrollo sostenible y del medio rural.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Planificación económica»?

Artículo 74 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Respuesta3/5

Artículo 74

Información4/5

Artículo 74. Planificación económica (apartado 2)

Artículo 74 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Contenido4/5

La Comunidad Autónoma intervendrá en la elaboración de los planes y programas económicos del Estado que afecten a Extremadura. Podrá, asimismo, elaborar y remitir al Gobierno de la Nación propuestas relativas a competencias, empresas o servicios públicos estatales. Los informes, estudios o propuestas serán objeto de comunicación a la Asamblea de Extremadura, y el acuerdo que esta adopte, debidamente notificado, dará lugar a resolución motivada del Gobierno de la Nación o de los organismos o entidades competentes.

Completa el hueco5/5

La Comunidad Autónoma ________ en la elaboración de los planes y programas económicos del Estado que afecten a Extremadura.

Artículo 74 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Respuesta5/5

intervendrá

«La Comunidad Autónoma intervendrá en la elaboración de los planes y programas económicos del Estado que afecten a Extremadura.»

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