🗺️ Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011) · BOE-A-2011-1638
Artículo 56 del Estatuto de Autonomía de ExtremaduraProvincias
Texto vigente
1. La provincia tiene personalidad jurídica propia, autonomía y capacidad plena para la gestión de sus intereses. Su gobierno y administración están encomendados a la respectiva diputación.
2. Las competencias de las diputaciones se fijarán por la legislación básica del Estado y la de la Comunidad Autónoma. En todo caso, las diputaciones ejercerán competencias en el ámbito de la cooperación, asesoramiento y asistencia a municipios y entidades locales. Prestarán también servicios supramunicipales de carácter provincial, sin perjuicio de los que puedan delegarle o encomendarle las entidades locales de su ámbito territorial o las instituciones autonómicas.
Flashcards de este artículo
Artículo 56. Provincias (apartado 1)
La provincia tiene personalidad jurídica propia, autonomía y capacidad plena para la gestión de sus intereses. Su gobierno y administración están encomendados a la respectiva diputación.
La provincia tiene ________ jurídica propia, autonomía y capacidad plena para la gestión de sus intereses.
personalidad
«La provincia tiene personalidad jurídica propia, autonomía y capacidad plena para la gestión de sus intereses.»
¿Qué artículo lleva por título «Provincias»?
Artículo 56. Provincias (apartado 2)
Las competencias de las diputaciones se fijarán por la legislación básica del Estado y la de la Comunidad Autónoma. En todo caso, las diputaciones ejercerán competencias en el ámbito de la cooperación, asesoramiento y asistencia a municipios y entidades locales. Prestarán también servicios supramunicipales de carácter provincial, sin perjuicio de los que puedan delegarle o encomendarle las entidades locales de su ámbito territorial o las instituciones autonómicas.
Su gobierno y ________ están encomendados a la respectiva diputación.
administración
«Su gobierno y administración están encomendados a la respectiva diputación.»
Otros artículos de TÍTULO IV. De la organización territorial
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.