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🗺️ Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011) · BOE-A-2011-1638

Artículo 50 del Estatuto de Autonomía de ExtremaduraTribunal Superior de Justicia de Extremadura

Texto vigente

1. El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en la ciudad de Cáceres, es el órgano en el que culmina la organización judicial de Extremadura y constituye la última instancia jurisdiccional de los procesos y recursos tramitados en su ámbito territorial, sin perjuicio de las competencias del Tribunal Supremo.

2. El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura conocerá de los asuntos y ejercerá las funciones que en materia de derecho estatal establezcan las leyes del Estado y, en los términos previstos por la Ley Orgánica del Poder Judicial, de las siguientes cuestiones:

a) De los recursos de casación fundados en la infracción del derecho propio de Extremadura, así como de los recursos extraordinarios de revisión que contemple la ley contra las resoluciones firmes de los órganos jurisdiccionales radicados en Extremadura.

b) De los recursos de casación y revisión relacionados con el Fuero del Baylío.

c) De las causas penales en que estén incursos los diputados de la Asamblea y los miembros de la Junta de Extremadura, de las demandas de responsabilidad civil contra los mismos por hechos derivados del ejercicio de sus cargos y de los procesos civiles sobre la capacidad de obrar del Presidente. Fuera del territorio de Extremadura, la responsabilidad penal será exigible, en los mismos términos, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

d) De las reclamaciones de responsabilidad de la Comunidad Autónoma por la aplicación de disposiciones y de actos legislativos de carácter no expropiatorio, conforme a lo establecido en el artículo 42.1.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 18/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 50. Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (apartado 1)

Artículo 50 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Contenido1/5

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en la ciudad de Cáceres, es el órgano en el que culmina la organización judicial de Extremadura y constituye la última instancia jurisdiccional de los procesos y recursos tramitados en su ámbito territorial, sin perjuicio de las competencias del Tribunal Supremo.

Completa el hueco2/5

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en la ciudad de Cáceres, es el órgano en el que culmina la organización judicial de Extremadura y constituye la última instancia ________ de los procesos y recursos tramitados en su ámbito territorial, sin perjuicio de las competencias del Tribunal Supremo.

Artículo 50 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Respuesta2/5

jurisdiccional

«El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en la ciudad de Cáceres, es el órgano en el que culmina la organización judicial de Extremadura y constituye la última instancia jurisdiccional de los procesos y recursos tramitados en su ámbito territorial, sin perjuicio de las competencias del Tribunal Supremo.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Tribunal Superior de Justicia de Extremadura»?

Artículo 50 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Respuesta3/5

Artículo 50

Información4/5

Artículo 50. Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (apartado 2, 1/2)

Artículo 50 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Contenido4/5

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura conocerá de los asuntos y ejercerá las funciones que en materia de derecho estatal establezcan las leyes del Estado y, en los términos previstos por la Ley Orgánica del Poder Judicial, de las siguientes cuestiones: • a) De los recursos de casación fundados en la infracción del derecho propio de Extremadura, así como de los recursos extraordinarios de revisión que contemple la ley contra las resoluciones firmes de los órganos jurisdiccionales radicados en Extremadura. • b) De los recursos de casación y revisión relacionados con el Fuero del Baylío.

Completa el hueco5/5

El Tribunal Superior de Justicia de ________ conocerá de los asuntos y ejercerá las funciones que en materia de derecho estatal establezcan las leyes del Estado y, en los términos previstos por la Ley Orgánica del Poder Judicial, de las siguientes cuestiones:

Artículo 50 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Respuesta5/5

Extremadura

«El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura conocerá de los asuntos y ejercerá las funciones que en materia de derecho estatal establezcan las leyes del Estado y, en los términos previstos por la Ley Orgánica del Poder Judicial, de las siguientes cuestiones:»

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