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🗺️ Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011) · BOE-A-2011-1638

Artículo 33 del Estatuto de Autonomía de ExtremaduraLegislación de urgencia

Texto vigente

1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, la Junta de Extremadura puede dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de Decreto-ley.

2. No pueden ser objeto de Decreto-ley la reforma del Estatuto, las leyes de presupuestos o las materias objeto de leyes para las que se requiera una mayoría cualificada.

3. Los Decretos-leyes quedan derogados si en el plazo improrrogable de un mes desde su publicación oficial no son convalidados por la Asamblea, tras su debate y en votación de totalidad.

4. La Asamblea puede tramitar los Decretos-leyes como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia, dentro del plazo establecido en el apartado anterior.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 18/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 33. Legislación de urgencia (apartado 1)

Artículo 33 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Contenido1/5

En caso de extraordinaria y urgente necesidad, la Junta de Extremadura puede dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de Decreto-ley.

Completa el hueco2/5

En caso de extraordinaria y urgente necesidad, la Junta de Extremadura puede dictar ________ legislativas provisionales bajo la forma de Decreto-ley.

Artículo 33 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Respuesta2/5

disposiciones

«En caso de extraordinaria y urgente necesidad, la Junta de Extremadura puede dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de Decreto-ley.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Legislación de urgencia»?

Artículo 33 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Respuesta3/5

Artículo 33

Información4/5

Artículo 33. Legislación de urgencia (apartado 2)

Artículo 33 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Contenido4/5

No pueden ser objeto de Decreto-ley la reforma del Estatuto, las leyes de presupuestos o las materias objeto de leyes para las que se requiera una mayoría cualificada.

Completa el hueco5/5

No pueden ser objeto de Decreto-ley la reforma del Estatuto, las leyes de ________ o las materias objeto de leyes para las que se requiera una mayoría cualificada.

Artículo 33 · Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011)
Respuesta5/5

presupuestos

«No pueden ser objeto de Decreto-ley la reforma del Estatuto, las leyes de presupuestos o las materias objeto de leyes para las que se requiera una mayoría cualificada.»

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