🗺️ Estatuto de Autonomía de Extremadura (LO 1/2011) · BOE-A-2011-1638
Artículo 32 del Estatuto de Autonomía de ExtremaduraAtribuciones
Texto vigente
Corresponde a la Junta de Extremadura:
1. Establecer la política general de la Comunidad Autónoma en relación con las competencias asumidas, dirigir la Administración regional y ejercer la potestad reglamentaria y la función ejecutiva.
2. Interponer recursos de inconstitucionalidad y demás procedimientos de la competencia del Tribunal Constitucional para los que esté legitimada, o personarse en ellos en defensa de los intereses de la Comunidad Autónoma.
3. Ejecutar las secciones del Presupuesto de la Comunidad en los términos que establezca la ley.
4. Resolver los conflictos de competencias entre corporaciones locales cuando no se haya establecido reserva a favor del Estado.
5. Ejercer cuantas otras competencias o atribuciones le asignen el Estatuto y las leyes.
Flashcards de este artículo
Artículo 32. Atribuciones (apartado 1)
Establecer la política general de la Comunidad Autónoma en relación con las ________ asumidas, dirigir la Administración regional y ejercer la potestad reglamentaria y la función ejecutiva.
competencias
«Establecer la política general de la Comunidad Autónoma en relación con las competencias asumidas, dirigir la Administración regional y ejercer la potestad reglamentaria y la función ejecutiva.»
¿Qué artículo lleva por título «Atribuciones»?
Artículo 32. Atribuciones (apartado 2)
Establecer la política general de la Comunidad Autónoma en relación con las competencias asumidas, dirigir la Administración regional y ejercer la potestad reglamentaria y la función ejecutiva.
Interponer recursos de ________ y demás procedimientos de la competencia del Tribunal Constitucional para los que esté legitimada, o personarse en ellos en defensa de los intereses de la Comunidad Autónoma.
inconstitucionalidad
«Interponer recursos de inconstitucionalidad y demás procedimientos de la competencia del Tribunal Constitucional para los que esté legitimada, o personarse en ellos en defensa de los intereses de la Comunidad Autónoma.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.