🗺️ Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana (LO 5/1982) · BOE-A-1982-17235
Artículo 74 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana
Texto vigente
La participación en los impuestos del Estado, mencionada en la letra e) del artículo 72 de este Estatuto, se fijará de acuerdo con el Parlamento y el Gobierno del Estado, con sujeción a las normas de la Ley Orgánica que desarrolla el artículo 157 de la Constitución Española, revisándose el porcentaje de participación en los supuestos regulados por ley.
Flashcards de este artículo
Artículo 74
La participación en los impuestos del Estado, mencionada en la letra e) del artículo 72 de este Estatuto, se fijará de acuerdo con el Parlamento y el Gobierno del Estado, con sujeción a las normas de la Ley Orgánica que desarrolla el artículo 157 de la Constitución Española, revisándose el porcentaje de participación en los supuestos regulados por ley.
La ________ en los impuestos del Estado, mencionada en la letra e) del artículo 72 de este Estatuto, se fijará de acuerdo con el Parlamento y el Gobierno del Estado, con sujeción a las normas de la Ley Orgánica que desarrolla el artículo 157 de la Constitución Española, revisándose el porcentaje de participación en los supuestos regulados por ley.
participación
«La participación en los impuestos del Estado, mencionada en la letra e) del artículo 72 de este Estatuto, se fijará de acuerdo con el Parlamento y el Gobierno del Estado, con sujeción a las normas de la Ley Orgánica que desarrolla el artículo 157 de la Constitución Española, revisándose el porcentaje de participación en los supuestos regulados por ley.»
¿Qué artículo establece: «La participación en los impuestos del Estado, mencionada en la letra e) del artículo 72 de este Estatuto, se fijará de acuerdo…»?
Artículo 74
«La participación en los impuestos del Estado, mencionada en la letra e) del artículo 72 de este Estatuto, se fijará de acuerdo con el Parlamento y el Gobierno del Estado, con sujeción a las normas de la Ley Orgánica que desarrolla el artículo 157 de la Constitución Española, revisándose el porcentaje de participación en los supuestos regulados por ley.»
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