🗺️ Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995) · BOE-A-1995-6358
Artículo 7 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
Texto vigente
1. La Asamblea de Ceuta, órgano representativo de la Ciudad, estará integrada por 25 miembros, elegidos en la Ciudad por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto. Las elecciones se regirán por lo establecido en la legislación estatal reguladora del régimen electoral general para la celebración de elecciones locales.
2. Los miembros de la Asamblea de Ceuta ostentan también la condición de Concejales.
Flashcards de este artículo
Artículo 7 (apartado 1)
La Asamblea de Ceuta, órgano representativo de la Ciudad, estará integrada por 25 miembros, elegidos en la Ciudad por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto. Las elecciones se regirán por lo establecido en la legislación estatal reguladora del régimen electoral general para la celebración de elecciones locales.
La Asamblea de Ceuta, órgano representativo de la Ciudad, estará integrada por ________ miembros, elegidos en la Ciudad por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.
25
«La Asamblea de Ceuta, órgano representativo de la Ciudad, estará integrada por 25 miembros, elegidos en la Ciudad por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.»
¿Qué artículo establece: «La Asamblea de Ceuta, órgano representativo de la Ciudad, estará integrada por 25 miembros, elegidos en la Ciudad por sufragio universal, libre…»?
Artículo 7
«La Asamblea de Ceuta, órgano representativo de la Ciudad, estará integrada por 25 miembros, elegidos en la Ciudad por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.»
Artículo 7 (apartado 2)
Los miembros de la Asamblea de Ceuta ostentan también la condición de Concejales.
Las ________ se regirán por lo establecido en la legislación estatal reguladora del régimen electoral general para la celebración de elecciones locales.
elecciones
«Las elecciones se regirán por lo establecido en la legislación estatal reguladora del régimen electoral general para la celebración de elecciones locales.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.