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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 91 del Estatuto de Autonomía de CataluñaEl Consejo de veguería

Texto vigente

1. El gobierno y la administración autónoma de la veguería corresponden al Consejo de veguería, formado por el Presidente o Presidenta y por los Consejeros de veguería.

2. El Presidente o Presidenta de veguería es escogido por los Consejeros de veguería de entre sus miembros.

3. Los Consejos de veguería sustituyen a las Diputaciones.

4. La creación, modificación y supresión, así como el desarrollo del régimen jurídico de las veguerías, se regulan por ley del Parlamento. La alteración, en su caso, de los límites provinciales se llevará a cabo conforme a lo previsto en el artículo 141.1 de la Constitución.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 91. El Consejo de veguería (apartado 1)

Artículo 91 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

El gobierno y la administración autónoma de la veguería corresponden al Consejo de veguería, formado por el Presidente o Presidenta y por los Consejeros de veguería.

Completa el hueco2/5

El gobierno y la administración autónoma de la veguería ________ al Consejo de veguería, formado por el Presidente o Presidenta y por los Consejeros de veguería.

Artículo 91 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

corresponden

«El gobierno y la administración autónoma de la veguería corresponden al Consejo de veguería, formado por el Presidente o Presidenta y por los Consejeros de veguería.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «El Consejo de veguería»?

Artículo 91 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 91

Información4/5

Artículo 91. El Consejo de veguería (apartado 2)

Artículo 91 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

El Presidente o Presidenta de veguería es escogido por los Consejeros de veguería de entre sus miembros.

Completa el hueco5/5

El ________ o Presidenta de veguería es escogido por los Consejeros de veguería de entre sus miembros.

Artículo 91 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

Presidente

«El Presidente o Presidenta de veguería es escogido por los Consejeros de veguería de entre sus miembros.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 16/07/2010 por BOE-A-2010-11409.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (09/08/2006):

1. El gobierno y la administración autónoma de la veguería corresponden al Consejo de veguería, formado por el Presidente o Presidenta y por los Consejeros de veguería. 2. El Presidente o Presidenta de veguería es escogido por los Consejeros de veguería de entre sus miembros. 3. Los Consejos de veguería sustituyen a las Diputaciones. 4. La creación, modificación y supresión, así como el desarrollo del régimen jurídico de las veguerías, se regulan por ley del Parlamento. La alteración, en su caso, de los límites provinciales se llevará a cabo conforme a lo previsto en el artículo 141.1 de la Constitución.

  1. Vigente desde 09/08/2006 · redacción original
  2. Vigente desde 16/07/2010 · modificado por BOE-A-2010-11409

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