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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 87 del Estatuto de Autonomía de CataluñaPrincipios de organización y funcionamiento y potestad normativa

Texto vigente

1. Los municipios disponen de plena capacidad de autoorganización dentro del marco de las disposiciones generales establecidas por ley en materia de organización y funcionamiento municipal.

2. Los municipios tienen derecho a asociarse con otros y a cooperar entre ellos y con otros entes públicos para ejercer sus competencias, así como para ejercer tareas de interés común. A tales efectos, tienen capacidad para establecer convenios y crear y participar en mancomunidades, consorcios y asociaciones, así como adoptar otras formas de actuación conjunta. Las leyes no pueden limitar este derecho si no es para garantizar la autonomía de los otros entes que la tienen reconocida.

3. Los municipios tienen potestad normativa, como expresión del principio democrático en que se fundamentan, en el ámbito de sus competencias y en los otros sobre los que se proyecta su autonomía.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 87. Principios de organización y funcionamiento y potestad normativa (apartado 1)

Artículo 87 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

Los municipios disponen de plena capacidad de autoorganización dentro del marco de las disposiciones generales establecidas por ley en materia de organización y funcionamiento municipal.

Completa el hueco2/5

Los municipios disponen de plena capacidad de ________ dentro del marco de las disposiciones generales establecidas por ley en materia de organización y funcionamiento municipal.

Artículo 87 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

autoorganización

«Los municipios disponen de plena capacidad de autoorganización dentro del marco de las disposiciones generales establecidas por ley en materia de organización y funcionamiento municipal.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Principios de organización y funcionamiento y potestad normativa»?

Artículo 87 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 87

Información4/5

Artículo 87. Principios de organización y funcionamiento y potestad normativa (apartado 2)

Artículo 87 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

Los municipios tienen derecho a asociarse con otros y a cooperar entre ellos y con otros entes públicos para ejercer sus competencias, así como para ejercer tareas de interés común. A tales efectos, tienen capacidad para establecer convenios y crear y participar en mancomunidades, consorcios y asociaciones, así como adoptar otras formas de actuación conjunta. Las leyes no pueden limitar este derecho si no es para garantizar la autonomía de los otros entes que la tienen reconocida.

Completa el hueco5/5

Los municipios tienen derecho a asociarse con otros y a cooperar entre ellos y con otros entes públicos para ejercer sus ________, así como para ejercer tareas de interés común.

Artículo 87 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

competencias

«Los municipios tienen derecho a asociarse con otros y a cooperar entre ellos y con otros entes públicos para ejercer sus competencias, así como para ejercer tareas de interés común.»

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