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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 215 del Estatuto de Autonomía de CataluñaEl patrimonio de la Generalitat

Texto vigente

1. El patrimonio de la Generalitat está integrado por los bienes y derechos de los que es titular y por los que adquiera por cualquier título jurídico.

2. Una ley del Parlamento debe regular la administración, defensa y conservación del patrimonio de la Generalitat.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 215. El patrimonio de la Generalitat (apartado 1)

Artículo 215 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

El patrimonio de la Generalitat está integrado por los bienes y derechos de los que es titular y por los que adquiera por cualquier título jurídico.

Completa el hueco2/5

El ________ de la Generalitat está integrado por los bienes y derechos de los que es titular y por los que adquiera por cualquier título jurídico.

Artículo 215 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

patrimonio

«El patrimonio de la Generalitat está integrado por los bienes y derechos de los que es titular y por los que adquiera por cualquier título jurídico.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «El patrimonio de la Generalitat»?

Artículo 215 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 215

Información4/5

Artículo 215. El patrimonio de la Generalitat (apartado 2)

Artículo 215 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

Una ley del Parlamento debe regular la administración, defensa y conservación del patrimonio de la Generalitat.

Completa el hueco5/5

Una ley del Parlamento debe regular la administración, defensa y ________ del patrimonio de la Generalitat.

Artículo 215 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

conservación

«Una ley del Parlamento debe regular la administración, defensa y conservación del patrimonio de la Generalitat.»

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