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🗺️ Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007) · BOE-A-2007-20635

Artículo 35 del Estatuto de Autonomía de Castilla y LeónCuestión de confianza

Texto vigente

1. El Presidente de la Junta de Castilla y León, previa deliberación de la misma, podrá plantear ante las Cortes de Castilla y León la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general.

2. La tramitación parlamentaria de la cuestión de confianza se regirá por el Reglamento de las Cortes de Castilla y León y se entenderá otorgada cuando vote a favor de ella la mayoría simple de los Procuradores.

3. La Junta de Castilla y León y su Presidente cesarán si las Cortes de Castilla y León les niegan su confianza. En este supuesto el Presidente de las Cortes convocará al Pleno para elegir nuevo Presidente, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 26 de este Estatuto.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 20/01/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 35. Cuestión de confianza (apartado 1)

Artículo 35 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Contenido1/5

El Presidente de la Junta de Castilla y León, previa deliberación de la misma, podrá plantear ante las Cortes de Castilla y León la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general.

Completa el hueco2/5

El Presidente de la Junta de Castilla y León, previa ________ de la misma, podrá plantear ante las Cortes de Castilla y León la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general.

Artículo 35 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Respuesta2/5

deliberación

«El Presidente de la Junta de Castilla y León, previa deliberación de la misma, podrá plantear ante las Cortes de Castilla y León la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Cuestión de confianza»?

Artículo 35 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Respuesta3/5

Artículo 35

Información4/5

Artículo 35. Cuestión de confianza (apartado 2)

Artículo 35 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Contenido4/5

La tramitación parlamentaria de la cuestión de confianza se regirá por el Reglamento de las Cortes de Castilla y León y se entenderá otorgada cuando vote a favor de ella la mayoría simple de los Procuradores.

Completa el hueco5/5

La tramitación parlamentaria de la cuestión de confianza se regirá por el Reglamento de las Cortes de Castilla y León y se entenderá otorgada cuando vote a favor de ella la mayoría simple de los ________.

Artículo 35 · Estatuto de Autonomía de Castilla y León (LO 14/2007)
Respuesta5/5

Procuradores

«La tramitación parlamentaria de la cuestión de confianza se regirá por el Reglamento de las Cortes de Castilla y León y se entenderá otorgada cuando vote a favor de ella la mayoría simple de los Procuradores.»

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