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🗺️ Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha (LO 9/1982) · BOE-A-1982-20820

Artículo 1 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha

Texto vigente

1. Castilla-La Mancha, en el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido constitucionalmente, accede a su autogobierno de conformidad con la Constitución Española y el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.

2. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es la institución en la que se organiza política y jurídicamente el autogobierno de la región, dentro de la indisoluble unidad de España, patria común e indivisible de todos los españoles.

3. La Junta de Comunidades tiene plena personalidad jurídica en los términos que establece la Constitución y con arreglo al presente Estatuto.

4. Los poderes de la Junta de Comunidades emanan de la Constitución, del pueblo y del presente Estatuto.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 23/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 1 (apartado 1)

Artículo 1 · Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha (LO 9/1982)
Contenido1/5

Castilla-La Mancha, en el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido constitucionalmente, accede a su autogobierno de conformidad con la Constitución Española y el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.

Completa el hueco2/5

Castilla-La Mancha, en el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido ________, accede a su autogobierno de conformidad con la Constitución Española y el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.

Artículo 1 · Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha (LO 9/1982)
Respuesta2/5

constitucionalmente

«Castilla-La Mancha, en el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido constitucionalmente, accede a su autogobierno de conformidad con la Constitución Española y el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Castilla-La Mancha, en el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido constitucionalmente, accede a su autogobierno de conformidad con la Constitución Española…»?

Artículo 1 · Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha (LO 9/1982)
Respuesta3/5

Artículo 1

«Castilla-La Mancha, en el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido constitucionalmente, accede a su autogobierno de conformidad con la Constitución Española y el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.»
Información4/5

Artículo 1 (apartado 2)

Artículo 1 · Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha (LO 9/1982)
Contenido4/5

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es la institución en la que se organiza política y jurídicamente el autogobierno de la región, dentro de la indisoluble unidad de España, patria común e indivisible de todos los españoles.

Completa el hueco5/5

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es la institución en la que se organiza política y ________ el autogobierno de la región, dentro de la indisoluble unidad de España, patria común e indivisible de todos los españoles.

Artículo 1 · Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha (LO 9/1982)
Respuesta5/5

jurídicamente

«La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es la institución en la que se organiza política y jurídicamente el autogobierno de la región, dentro de la indisoluble unidad de España, patria común e indivisible de todos los españoles.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 24/07/1997 por BOE-A-1997-14848.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (17/08/1982):

Uno. Las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo se constituyen 1. Castilla-La Mancha, en Comunidad Autónoma bajo el nombre de Castilla-La Mancha para acceder ejercicio del derecho a la autonomía reconocido constitucionalmente, accede a su autogobierno, autogobierno de conformidad con la Constitución española Española y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica. Dos. 2. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es la institución en la que se organiza política y jurídicamente el autogobierno de la región, dentro de la indisoluble unidad de España, patria común e indivisible de todos los españoles. Tres. 3. La Junta de Comunidades tiene plena personalidad jurídica en los términos que establece la Constitución y con arreglo al presente Estatuto. Cuatro. 4. Los poderes de la Junta de Comunidades emanan de la Constitución, del pueblo y del presente Estatuto.

  1. Vigente desde 17/08/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 24/07/1997 · modificado por BOE-A-1997-14848

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