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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981) · BOE-A-1982-635

Artículo 36 del Estatuto de Autonomía de Cantabria

Texto vigente

Corresponde a la Comunidad Autónoma la creación y estructuración de su propia Administración pública, dentro de los principios generales y normas básicas del Estado.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 10/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 36

Artículo 36 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Contenido1/3

Corresponde a la Comunidad Autónoma la creación y estructuración de su propia Administración pública, dentro de los principios generales y normas básicas del Estado.

Completa el hueco2/3

Corresponde a la Comunidad Autónoma la creación y ________ de su propia Administración pública, dentro de los principios generales y normas básicas del Estado.

Artículo 36 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta2/3

estructuración

«Corresponde a la Comunidad Autónoma la creación y estructuración de su propia Administración pública, dentro de los principios generales y normas básicas del Estado.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Corresponde a la Comunidad Autónoma la creación y estructuración de su propia Administración pública, dentro de los principios generales y normas básicas…»?

Artículo 36 · Estatuto de Autonomía de Cantabria (LO 8/1981)
Respuesta3/3

Artículo 36

«Corresponde a la Comunidad Autónoma la creación y estructuración de su propia Administración pública, dentro de los principios generales y normas básicas del Estado.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 20/01/1999 por BOE-A-1998-30152.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (31/01/1982):

En los términos previstos en el artículo veintitrés de este Estatuto por Ley de Cantabria se podrá: Uno. Reconocer Corresponde a la Comarca como Entidad Local con personalidad jurídica y demarcación propia. La Comarca no supondrá, necesariamente, Comunidad Autónoma la supresión creación y estructuración de su propia Administración pública, dentro de los Municipios que la integran. Dos. Crear, asimismo, Agrupaciones basadas en hechos urbanísticos principios generales y otros de carácter funcional con fines específicos. normas básicas del Estado.

  1. Vigente desde 31/01/1982 · redacción original
  2. Vigente desde 20/01/1999 · modificado por BOE-A-1998-30152

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