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🗺️ Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018) · BOE-A-2018-15138

Artículo 75 del Estatuto de Autonomía de CanariasLos municipios

Texto vigente

1. Los municipios, como entidades locales básicas de Canarias, gozan de personalidad jurídica propia y de autonomía plena para el ejercicio de sus competencias. Su gobierno, representación y administración corresponde a los ayuntamientos.

2. Los municipios canarios se rigen por lo dispuesto en las legislaciones del Estado y de la Comunidad Autónoma de Canarias, dictadas en el ámbito de sus respectivas competencias.

3. Los municipios podrán agruparse, en los términos establecidos en la ley, para la gestión de sus competencias y la mejor prestación de servicios a sus ciudadanos.

4. Además de sus competencias propias, les corresponderá el ejercicio de las que les sean transferidas por leyes del Parlamento de Canarias o delegadas por el Gobierno, por los cabildos insulares u otras administraciones públicas. Las transferencias y delegaciones llevarán incorporadas los medios económicos, materiales y personales que correspondan.

5. En todo caso, los municipios, de acuerdo con el apartado anterior, podrán ejercer competencias, entre otras, en las siguientes materias:

a) Consumo.

b) Cultura.

c) Deportes.

d) Educación.

e) Empleo.

f) Juventud.

g) Medio ambiente.

h) Urbanismo.

i) Patrimonio histórico.

j) Igualdad de género.

k) Protección civil y seguridad ciudadana.

l) Sanidad y servicios sociales.

m) Transporte.

n) Turismo.

ñ) Vivienda.

o) Actividades clasificadas y espectáculos públicos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 75. Los municipios (apartado 1)

Artículo 75 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Contenido1/5

Los municipios, como entidades locales básicas de Canarias, gozan de personalidad jurídica propia y de autonomía plena para el ejercicio de sus competencias. Su gobierno, representación y administración corresponde a los ayuntamientos.

Completa el hueco2/5

Los municipios, como entidades locales básicas de Canarias, gozan de ________ jurídica propia y de autonomía plena para el ejercicio de sus competencias.

Artículo 75 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta2/5

personalidad

«Los municipios, como entidades locales básicas de Canarias, gozan de personalidad jurídica propia y de autonomía plena para el ejercicio de sus competencias.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Los municipios»?

Artículo 75 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta3/5

Artículo 75

Información4/5

Artículo 75. Los municipios (apartado 2)

Artículo 75 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Contenido4/5

Los municipios canarios se rigen por lo dispuesto en las legislaciones del Estado y de la Comunidad Autónoma de Canarias, dictadas en el ámbito de sus respectivas competencias.

Completa el hueco5/5

Su gobierno, ________ y administración corresponde a los ayuntamientos.

Artículo 75 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta5/5

representación

«Su gobierno, representación y administración corresponde a los ayuntamientos.»

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