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🗺️ Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007) · BOE-A-2007-8444

Artículo 113 del Estatuto de Autonomía de AragónPatrimonio

Texto vigente

1. La Comunidad Autónoma de Aragón dispone de patrimonio propio.

2. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón estará integrado por todos los bienes y derechos de los que sea titular, cualquiera que sea su naturaleza y el título de adquisición.

3. Una ley de Cortes de Aragón regulará el régimen jurídico del patrimonio de la Comunidad Autónoma, así como su administración, conservación y defensa.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 02/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 113. Patrimonio (apartado 1)

Artículo 113 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Contenido1/5

La Comunidad Autónoma de Aragón dispone de patrimonio propio.

Completa el hueco2/5

La Comunidad Autónoma de Aragón dispone de ________ propio.

Artículo 113 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Respuesta2/5

patrimonio

«La Comunidad Autónoma de Aragón dispone de patrimonio propio.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Patrimonio»?

Artículo 113 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Respuesta3/5

Artículo 113

Información4/5

Artículo 113. Patrimonio (apartado 2)

Artículo 113 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Contenido4/5

El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón estará integrado por todos los bienes y derechos de los que sea titular, cualquiera que sea su naturaleza y el título de adquisición.

Completa el hueco5/5

El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón estará integrado por todos los bienes y derechos de los que sea titular, cualquiera que sea su naturaleza y el título de ________.

Artículo 113 · Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007)
Respuesta5/5

adquisición

«El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón estará integrado por todos los bienes y derechos de los que sea titular, cualquiera que sea su naturaleza y el título de adquisición.»