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🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825

Artículo 241 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaAcuerdos de colaboración

Texto vigente

La Junta de Andalucía, para la promoción de los intereses andaluces, podrá suscribir acuerdos de colaboración en el ámbito de sus competencias. Con tal fin, los órganos de representación exterior del Estado prestarán el apoyo necesario a las iniciativas de la Junta de Andalucía.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 13/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 241. Acuerdos de colaboración

Artículo 241 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido1/5

La Junta de Andalucía, para la promoción de los intereses andaluces, podrá suscribir acuerdos de colaboración en el ámbito de sus competencias. Con tal fin, los órganos de representación exterior del Estado prestarán el apoyo necesario a las iniciativas de la Junta de Andalucía.

Completa el hueco2/5

La Junta de Andalucía, para la promoción de los intereses andaluces, podrá suscribir acuerdos de ________ en el ámbito de sus competencias.

Artículo 241 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta2/5

colaboración

«La Junta de Andalucía, para la promoción de los intereses andaluces, podrá suscribir acuerdos de colaboración en el ámbito de sus competencias.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Acuerdos de colaboración»?

Artículo 241 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta3/5

Artículo 241

Completa el hueco4/5

Con tal fin, los órganos de ________ exterior del Estado prestarán el apoyo necesario a las iniciativas de la Junta de Andalucía.

Artículo 241 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta4/5

representación

«Con tal fin, los órganos de representación exterior del Estado prestarán el apoyo necesario a las iniciativas de la Junta de Andalucía.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «La Junta de Andalucía, para la promoción de los intereses andaluces, podrá suscribir acuerdos de colaboración en el ámbito de sus competencias»?

Artículo 241 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta5/5

Artículo 241. Acuerdos de colaboración

«La Junta de Andalucía, para la promoción de los intereses andaluces, podrá suscribir acuerdos de colaboración en el ámbito de sus competencias.»

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