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🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825

Artículo 228 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaRelaciones con Ceuta y Melilla

Texto vigente

La Comunidad Autónoma de Andalucía mantendrá unas especiales relaciones de colaboración, cooperación y asistencia con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 13/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 228. Relaciones con Ceuta y Melilla

Artículo 228 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido1/4

La Comunidad Autónoma de Andalucía mantendrá unas especiales relaciones de colaboración, cooperación y asistencia con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Completa el hueco2/4

La Comunidad Autónoma de Andalucía mantendrá unas especiales relaciones de ________, cooperación y asistencia con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Artículo 228 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta2/4

colaboración

«La Comunidad Autónoma de Andalucía mantendrá unas especiales relaciones de colaboración, cooperación y asistencia con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Relaciones con Ceuta y Melilla»?

Artículo 228 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta3/4

Artículo 228

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «La Comunidad Autónoma de Andalucía mantendrá unas especiales relaciones de colaboración, cooperación y asistencia con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla»?

Artículo 228 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta4/4

Artículo 228. Relaciones con Ceuta y Melilla

«La Comunidad Autónoma de Andalucía mantendrá unas especiales relaciones de colaboración, cooperación y asistencia con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.»

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