🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825
Artículo 223 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaSenadores por Andalucía
Texto vigente
Los Senadores elegidos o designados por Andalucía podrán comparecer ante el Parlamento en los términos que establezca su Reglamento para informar de su actividad en el Senado.
Flashcards de este artículo
Artículo 223. Senadores por Andalucía
Los Senadores elegidos o designados por Andalucía podrán comparecer ante el Parlamento en los términos que establezca su Reglamento para informar de su actividad en el Senado.
Los Senadores elegidos o ________ por Andalucía podrán comparecer ante el Parlamento en los términos que establezca su Reglamento para informar de su actividad en el Senado.
designados
«Los Senadores elegidos o designados por Andalucía podrán comparecer ante el Parlamento en los términos que establezca su Reglamento para informar de su actividad en el Senado.»
¿Qué artículo lleva por título «Senadores por Andalucía»?
¿Qué artículo establece: «Los Senadores elegidos o designados por Andalucía podrán comparecer ante el Parlamento en los términos que establezca su Reglamento para informar de…»?
Artículo 223. Senadores por Andalucía
«Los Senadores elegidos o designados por Andalucía podrán comparecer ante el Parlamento en los términos que establezca su Reglamento para informar de su actividad en el Senado.»
Otros artículos de CAPÍTULO I. Relaciones con el Estado
- Artículo 218
- Artículo 219 · Principios
- Artículo 220 · Comisión Bilateral de Cooperación Junta de Andalucía-Estado
- Artículo 221 · Instrumentos de colaboración
- Artículo 222 · Participación en la planificación
- Artículo 224 · Participación en los procesos de designación en los órganos constitucionales
- Artículo 225 · Representación de la Comunidad Autónoma
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.