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🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825

Artículo 223 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaSenadores por Andalucía

Texto vigente

Los Senadores elegidos o designados por Andalucía podrán comparecer ante el Parlamento en los términos que establezca su Reglamento para informar de su actividad en el Senado.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 13/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 223. Senadores por Andalucía

Artículo 223 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido1/4

Los Senadores elegidos o designados por Andalucía podrán comparecer ante el Parlamento en los términos que establezca su Reglamento para informar de su actividad en el Senado.

Completa el hueco2/4

Los Senadores elegidos o ________ por Andalucía podrán comparecer ante el Parlamento en los términos que establezca su Reglamento para informar de su actividad en el Senado.

Artículo 223 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta2/4

designados

«Los Senadores elegidos o designados por Andalucía podrán comparecer ante el Parlamento en los términos que establezca su Reglamento para informar de su actividad en el Senado.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Senadores por Andalucía»?

Artículo 223 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta3/4

Artículo 223

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Los Senadores elegidos o designados por Andalucía podrán comparecer ante el Parlamento en los términos que establezca su Reglamento para informar de…»?

Artículo 223 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta4/4

Artículo 223. Senadores por Andalucía

«Los Senadores elegidos o designados por Andalucía podrán comparecer ante el Parlamento en los términos que establezca su Reglamento para informar de su actividad en el Senado.»

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