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🗺️ Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007) · BOE-A-2007-5825

Artículo 191 del Estatuto de Autonomía de AndalucíaAutonomía y competencias financieras

Texto vigente

1. Las haciendas locales andaluzas se rigen por los principios de suficiencia de recursos para la prestación de los servicios que les corresponden, autonomía, responsabilidad fiscal, equidad y solidaridad.

2. Las Administraciones locales disponen de capacidad para regular sus propias finanzas en el marco de la Constitución y las leyes. Esta capacidad incluye las potestades que se fijen por las leyes en relación con sus tributos propios y la autonomía presupuestaria y de gasto en la aplicación de sus recursos, así como de los ingresos de carácter incondicionado que perciban procedentes de los presupuestos de otras Administraciones.

3. Corresponde a los gobiernos locales, en el marco de lo establecido en la normativa reguladora del sistema tributario local, la competencia para gestionar, recaudar e inspeccionar sus tributos, sin perjuicio de que puedan delegarla o establecer alguna otra forma de colaboración.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 13/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 191. Autonomía y competencias financieras (apartado 1)

Artículo 191 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido1/5

Las haciendas locales andaluzas se rigen por los principios de suficiencia de recursos para la prestación de los servicios que les corresponden, autonomía, responsabilidad fiscal, equidad y solidaridad.

Completa el hueco2/5

Las haciendas locales andaluzas se rigen por los principios de suficiencia de recursos para la prestación de los servicios que les corresponden, autonomía, ________ fiscal, equidad y solidaridad.

Artículo 191 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta2/5

responsabilidad

«Las haciendas locales andaluzas se rigen por los principios de suficiencia de recursos para la prestación de los servicios que les corresponden, autonomía, responsabilidad fiscal, equidad y solidaridad.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Autonomía y competencias financieras»?

Artículo 191 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta3/5

Artículo 191

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Artículo 191. Autonomía y competencias financieras (apartado 2)

Artículo 191 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Contenido4/5

Las Administraciones locales disponen de capacidad para regular sus propias finanzas en el marco de la Constitución y las leyes. Esta capacidad incluye las potestades que se fijen por las leyes en relación con sus tributos propios y la autonomía presupuestaria y de gasto en la aplicación de sus recursos, así como de los ingresos de carácter incondicionado que perciban procedentes de los presupuestos de otras Administraciones.

Completa el hueco5/5

Las ________ locales disponen de capacidad para regular sus propias finanzas en el marco de la Constitución y las leyes.

Artículo 191 · Estatuto de Autonomía de Andalucía (LO 2/2007)
Respuesta5/5

Administraciones

«Las Administraciones locales disponen de capacidad para regular sus propias finanzas en el marco de la Constitución y las leyes.»

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