🏛️ Constitución Española · BOE-A-1978-31229
Artículo 32 de la Constitución Española
Texto vigente
1. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.
2. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.
Flashcards de este artículo
Artículo 32 (apartado 1)
El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.
El hombre y la mujer tienen derecho a contraer ________ con plena igualdad jurídica.
matrimonio
«El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.»
¿Qué artículo establece: «El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica»?
Artículo 32
«El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.»
Artículo 32 (apartado 2)
La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.
La ley regulará las formas de ________, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.
matrimonio
«La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.»
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