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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 150 del Código Civil

Texto vigente

La obligación de suministrar alimentos cesa con la muerte del obligado, aunque los prestase en cumplimiento de una sentencia firme.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 150

Artículo 150 · Código Civil
Contenido1/3

La obligación de suministrar alimentos cesa con la muerte del obligado, aunque los prestase en cumplimiento de una sentencia firme.

Completa el hueco2/3

La obligación de suministrar alimentos cesa con la muerte del obligado, aunque los prestase en ________ de una sentencia firme.

Artículo 150 · Código Civil
Respuesta2/3

cumplimiento

«La obligación de suministrar alimentos cesa con la muerte del obligado, aunque los prestase en cumplimiento de una sentencia firme.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «La obligación de suministrar alimentos cesa con la muerte del obligado, aunque los prestase en cumplimiento de una sentencia firme»?

Artículo 150 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 150

«La obligación de suministrar alimentos cesa con la muerte del obligado, aunque los prestase en cumplimiento de una sentencia firme.»

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