🔍 RD 769/1987 de Policía Judicial · BOE-A-1987-14578
Art. 39 del RD 769/1987 de Policía Judicial
Texto vigente
La integración de funcionarios policiales en Unidades Orgánicas de la Policía Judicial requerirá una previa formación especializada, que se acreditará mediante el correspondiente título obtenido tras la superación de las pruebas que al efecto se establezcan.
Para la obtención de dicho título será requisito imprescindible estar en posesión del diploma expedido por el Centro de Estudios Judiciales.
Flashcards de este artículo
Art. 39
La integración de funcionarios policiales en Unidades Orgánicas de la Policía Judicial requerirá una previa formación especializada, que se acreditará mediante el correspondiente título obtenido tras la superación de las pruebas que al efecto se establezcan. Para la obtención de dicho título será requisito imprescindible estar en posesión del diploma expedido por el Centro de Estudios Judiciales.
La integración de funcionarios policiales en Unidades Orgánicas de la Policía Judicial requerirá una previa formación ________, que se acreditará mediante el correspondiente título obtenido tras la superación de las pruebas que al efecto se establezcan.
especializada
«La integración de funcionarios policiales en Unidades Orgánicas de la Policía Judicial requerirá una previa formación especializada, que se acreditará mediante el correspondiente título obtenido tras la superación de las pruebas que al efecto se establezcan.»
¿Qué artículo establece: «La integración de funcionarios policiales en Unidades Orgánicas de la Policía Judicial requerirá una previa formación especializada, que se acreditará mediante el…»?
Art. 39
«La integración de funcionarios policiales en Unidades Orgánicas de la Policía Judicial requerirá una previa formación especializada, que se acreditará mediante el correspondiente título obtenido tras la superación de las pruebas que al efecto se establezcan.»
Para la obtención de dicho título será requisito ________ estar en posesión del diploma expedido por el Centro de Estudios Judiciales.
imprescindible
«Para la obtención de dicho título será requisito imprescindible estar en posesión del diploma expedido por el Centro de Estudios Judiciales.»
¿Qué artículo establece: «Para la obtención de dicho título será requisito imprescindible estar en posesión del diploma expedido por el Centro de Estudios Judiciales»?
Art. 39
«Para la obtención de dicho título será requisito imprescindible estar en posesión del diploma expedido por el Centro de Estudios Judiciales.»
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