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🔐 LO 7/2021 de protección de datos en el ámbito penal · BOE-A-2021-8806

Artículo 49 de la LO 7/2021Funciones

Texto vigente

1. Las autoridades de protección de datos ejercerán, respecto de los tratamientos sometidos a esta Ley Orgánica, las siguientes funciones:

a) Supervisar y hacer cumplir las disposiciones adoptadas con arreglo a esta Ley Orgánica.

b) Promover la sensibilización y la comprensión de la ciudadanía acerca de los riesgos, normas, garantías y derechos relativos al tratamiento.

c) Asesorar a las Cortes Generales, al Gobierno de la Nación y a los organismos dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, así como, de acuerdo con su ámbito competencial, a las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas, los Consejos de Gobierno y los organismos dependientes o vinculados a la Administración de las comunidades autónomas, acerca de las medidas legislativas y administrativas relativas a la protección de los derechos y libertades de las personas físicas con respecto al tratamiento.

d) Promover la sensibilización de los responsables y encargados del tratamiento en relación con las obligaciones que les incumben.

e) Facilitar la información solicitada por los interesados sobre el ejercicio de sus derechos en virtud de esta Ley Orgánica y, en su caso, cooperar a tal fin con las autoridades de protección de datos de otros Estados miembros de la Unión Europea.

f) Tramitar y responder las reclamaciones presentadas por un interesado o por una entidad, organización o asociación de conformidad con el artículo 55, e investigar, en la medida oportuna, el motivo de la reclamación e informar al reclamante sobre el curso y el resultado de la investigación en un plazo razonable.

g) Controlar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25, la licitud del tratamiento e informar al interesado en un plazo razonable sobre el resultado del control o sobre los motivos por los que no se ha llevado a cabo.

h) Cooperar, en particular compartiendo información, con otras autoridades de protección de datos y prestarse asistencia mutua.

i) Llevar a cabo investigaciones sobre la aplicación de esta Ley Orgánica, en particular basándose en la información recibida de otra autoridad de protección de datos u otra autoridad pública.

j) Realizar un seguimiento de acontecimientos que sean de interés, en la medida en que tengan incidencia en la protección de datos personales, de manera concreta sobre el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación.

k) Prestar asesoramiento sobre las operaciones de tratamiento contempladas en el artículo 36.

l) Contribuir a las actividades del Comité Europeo de Protección de Datos.

m) Informar todas las disposiciones legales o reglamentarias que afecten a tratamientos sometidos a esta Ley Orgánica.

2. Las autoridades de protección de datos adoptarán medidas tendentes a facilitar la formulación de las reclamaciones incluidas en el párrafo 1f), tales como proporcionar formularios que puedan cumplimentarse electrónicamente, sin excluir otros medios.

3. El desempeño de las funciones de las autoridades de control no implicará coste alguno para el interesado ni para el delegado de protección de datos.

4. Cuando las solicitudes sean manifiestamente infundadas o excesivas, especialmente debido a su carácter repetitivo, la autoridad de protección de datos podrá negarse a actuar respecto de la solicitud. La carga de la demostración del carácter manifiestamente infundado o excesivo de la solicitud recaerá en la autoridad de protección de datos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 20/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 49. Funciones (apartado 1, 1/5)

Artículo 49 · LO 7/2021 de protección de datos en el ámbito penal
Contenido1/5

Las autoridades de protección de datos ejercerán, respecto de los tratamientos sometidos a esta Ley Orgánica, las siguientes funciones: • a) Supervisar y hacer cumplir las disposiciones adoptadas con arreglo a esta Ley Orgánica. • b) Promover la sensibilización y la comprensión de la ciudadanía acerca de los riesgos, normas, garantías y derechos relativos al tratamiento.

Completa el hueco2/5

Las autoridades de protección de datos ejercerán, respecto de los ________ sometidos a esta Ley Orgánica, las siguientes funciones:

Artículo 49 · LO 7/2021 de protección de datos en el ámbito penal
Respuesta2/5

tratamientos

«Las autoridades de protección de datos ejercerán, respecto de los tratamientos sometidos a esta Ley Orgánica, las siguientes funciones:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Funciones»?

Artículo 49 · LO 7/2021 de protección de datos en el ámbito penal
Respuesta3/5

Artículo 49

Información4/5

Artículo 49. Funciones (apartado 1, 2/5)

Artículo 49 · LO 7/2021 de protección de datos en el ámbito penal
Contenido4/5

• c) Asesorar a las Cortes Generales, al Gobierno de la Nación y a los organismos dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, así como, de acuerdo con su ámbito competencial, a las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas, los Consejos de Gobierno y los organismos dependientes o vinculados a la Administración de las comunidades autónomas, acerca de las medidas legislativas y administrativas relativas a la protección de los derechos y libertades de las personas físicas con respecto al tratamiento. • d) Promover la sensibilización de los responsables y encargados del tratamiento en relación con las obligaciones que les incumben.

Completa el hueco5/5

Supervisar y hacer cumplir las ________ adoptadas con arreglo a esta Ley Orgánica.

Artículo 49 · LO 7/2021 de protección de datos en el ámbito penal
Respuesta5/5

disposiciones

«Supervisar y hacer cumplir las disposiciones adoptadas con arreglo a esta Ley Orgánica.»

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