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🛡️ LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana · BOE-A-2015-3442

Artículo 32 de la LO 4/2015 de seguridad ciudadanaÓrganos competentes

Texto vigente

1. Son órganos competentes en el ámbito de la Administración General del Estado:

a) El Ministro del Interior, para la sanción de las infracciones muy graves en grado máximo.

b) El Secretario de Estado de Seguridad, para la sanción de infracciones muy graves en grado medio y en grado mínimo.

c) Los Delegados del Gobierno en las comunidades autónomas y en las Ciudades de Ceuta y Melilla, para la sanción de las infracciones graves y leves.

2. Serán competentes para imponer las sanciones tipificadas en esta Ley las autoridades correspondientes de la Comunidad Autónoma en el ámbito de sus competencias en materia de seguridad ciudadana.

3. Los alcaldes podrán imponer las sanciones y adoptar las medidas previstas en esta Ley cuando las infracciones se cometieran en espacios públicos municipales o afecten a bienes de titularidad local, siempre que ostenten competencia sobre la materia de acuerdo con la legislación específica.

En los términos del artículo 41, las ordenanzas municipales podrán introducir especificaciones o graduaciones en el cuadro de las infracciones y sanciones tipificadas en esta Ley.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 19/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 32. Órganos competentes (apartado 1)

Artículo 32 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Contenido1/5

Son órganos competentes en el ámbito de la Administración General del Estado: • a) El Ministro del Interior, para la sanción de las infracciones muy graves en grado máximo. • b) El Secretario de Estado de Seguridad, para la sanción de infracciones muy graves en grado medio y en grado mínimo. • c) Los Delegados del Gobierno en las comunidades autónomas y en las Ciudades de Ceuta y Melilla, para la sanción de las infracciones graves y leves.

Completa el hueco2/5

Son órganos ________ en el ámbito de la Administración General del Estado:

Artículo 32 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Respuesta2/5

competentes

«Son órganos competentes en el ámbito de la Administración General del Estado:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Órganos competentes»?

Artículo 32 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Respuesta3/5

Artículo 32

Información4/5

Artículo 32. Órganos competentes (apartado 2)

Artículo 32 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Contenido4/5

Serán competentes para imponer las sanciones tipificadas en esta Ley las autoridades correspondientes de la Comunidad Autónoma en el ámbito de sus competencias en materia de seguridad ciudadana.

Completa el hueco5/5

El Ministro del Interior, para la sanción de las ________ muy graves en grado máximo.

Artículo 32 · LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana
Respuesta5/5

infracciones

«El Ministro del Interior, para la sanción de las infracciones muy graves en grado máximo.»

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