🔐 LO 3/2018 de Protección de Datos · BOE-A-2018-16673
Artículo 50 de la LO 3/2018 de Protección de DatosPublicidad
Texto vigente
La Agencia Española de Protección de Datos publicará las resoluciones de su Presidencia que declaren haber lugar o no a la atención de los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, las que pongan fin a los procedimientos sancionadores y a los procedimientos de apercibimiento, las que archiven las actuaciones previas de investigación, las dictadas respecto de las entidades a que se refiere el artículo 77.1 de esta ley orgánica, las que impongan medidas cautelares y las demás que disponga su Estatuto.
Flashcards de este artículo
Artículo 50. Publicidad
La Agencia Española de Protección de Datos publicará las resoluciones de su Presidencia que declaren haber lugar o no a la atención de los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, las que pongan fin a los procedimientos sancionadores y a los procedimientos de apercibimiento, las que archiven las actuaciones previas de investigación, las dictadas respecto de las entidades a que se refiere el artículo 77.1 de esta ley orgánica, las que impongan medidas cautelares y las demás que disponga su Estatuto.
¿Qué artículo lleva por título «Publicidad»?
Qué ha cambiado: historial de versiones
La Agencia Española de Protección de Datos publicará las resoluciones de su Presidencia que declaren haber lugar o no a la atención de los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, las que pongan fin a los procedimientos sancionadores y a los procedimientos de reclamación, apercibimiento, las que archiven las actuaciones previas de investigación, las que sancionen con apercibimiento a dictadas respecto de las entidades a que se refiere el artículo 77.1 de esta ley orgánica, las que impongan medidas cautelares y las demás que disponga su Estatuto.
- Vigente desde 07/12/2018 · redacción original
- Vigente desde 10/05/2023 · modificado por BOE-A-2023-11022
Otros artículos de Sección 1.ª Disposiciones generales
- Artículo 44 · Disposiciones generales
- Artículo 45 · Régimen jurídico
- Artículo 46 · Régimen económico presupuestario y de personal
- Artículo 47 · Funciones y potestades de la Agencia Española de Protección de Datos
- Artículo 48 · La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos
- Artículo 49 · Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.