💜 LO 1/2004 de violencia de género · BOE-A-2004-21760
Artículo 10 de la LO 1/2004 de violencia de géneroPublicidad ilícita
Texto vigente
De acuerdo con lo establecido en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio.
Flashcards de este artículo
Artículo 10. Publicidad ilícita
De acuerdo con lo establecido en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 34/________, de 11 de noviembre, General de Publicidad, se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio.
1988
«De acuerdo con lo establecido en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio.»
¿Qué artículo lleva por título «Publicidad ilícita»?
¿Qué artículo establece: «De acuerdo con lo establecido en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, se considerará ilícita la publicidad que…»?
Artículo 10. Publicidad ilícita
«De acuerdo con lo establecido en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. En el ámbito de la publicidad y de los medios de comunicación
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