🚦 Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) · BOE-A-2015-11722
Artículo 6 de la Ley de Tráfico y Seguridad VialOrganismo autónomo Jefatura Central de Tráfico
Texto vigente
1. El Ministerio del Interior ejerce las competencias relacionadas en el artículo anterior a través del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.
2. Para el ejercicio de las competencias atribuidas al Ministerio del Interior en materia de regulación, ordenación, gestión y vigilancia del tráfico, así como para la denuncia de las infracciones a las normas contenidas en esta ley, y para las labores de protección y auxilio en las vías públicas o de uso público, actuará, en los términos que reglamentariamente se determine, la Guardia Civil, especialmente su Agrupación de Tráfico, que a estos efectos depende específicamente del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.
Flashcards de este artículo
Artículo 6. Organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico (apartado 1)
El Ministerio del Interior ejerce las competencias relacionadas en el artículo anterior a través del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.
El Ministerio del Interior ejerce las ________ relacionadas en el artículo anterior a través del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.
competencias
«El Ministerio del Interior ejerce las competencias relacionadas en el artículo anterior a través del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.»
¿Qué artículo lleva por título «Organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico»?
Artículo 6. Organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico (apartado 2)
Para el ejercicio de las competencias atribuidas al Ministerio del Interior en materia de regulación, ordenación, gestión y vigilancia del tráfico, así como para la denuncia de las infracciones a las normas contenidas en esta ley, y para las labores de protección y auxilio en las vías públicas o de uso público, actuará, en los términos que reglamentariamente se determine, la Guardia Civil, especialmente su Agrupación de Tráfico, que a estos efectos depende específicamente del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.
¿Qué artículo establece: «El Ministerio del Interior ejerce las competencias relacionadas en el artículo anterior a través del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico»?
Artículo 6. Organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico
«El Ministerio del Interior ejerce las competencias relacionadas en el artículo anterior a través del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.»
Otros artículos de CAPÍTULO I. Competencias
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